La Audiencia de Córdoba ha condenado a 30 años de prisión a un padre que abusó reiteradamente de dos de sus hijos y maltrató al hijo mayor de su pareja. La sentencia le condena como autor de un delito contra la indemnidad sexual de su hija menor con acceso carnal sin violencia o intimidación y en el que concurre la agravante de reincidencia, a la pena de quince años de prisión, y por los mismos delitos cometidos contra su hijo menor a la pena de 12 años de prisión. Junto a ello, lo condena por un delito de maltrato habitual al hijo mayor de su pareja a tres años de prisión.
La madre de los tres menores también ha sido condenada a cuatro años de prisión como cómplice de los delitos cometidos por su marido contra los menores, al tener conocimiento de los mismos y no evitarlos. La sentencia recoge la atenuante para la madre de miedo insuperable. Junto a ello, el padre pierde la patria potestad de los menores y se le prohíbe acercarse a los mismos por un periodo de 25 años.
La sentencia considera probado que el matrimonio convivía en un pueblo de la provincia de Córdoba con un hijo de fruto de una relación anterior de la mujer y con otros tres hijos pequeños. “Las relaciones entre los distintos miembros de la familia estaban dominada por el progenitor, quien imponía su voluntad y criterio continuamente, a veces bajo intimidación”, señala la resolución.
Desde que los menores tenían 5 y 6 años y hasta 2015, el padre “de manera reiterada durante el día y la noche y cuando otros miembros de la familia no estaban presentes, tratando de satisfacer sus deseos sexuales, acarició con manos y boca el cuerpo de la menor, frotó su pene en los genitales y ano de la menor, llegando a penetrarla por la boca y por la vagina, diciéndole después de realizar esos actos que no contara nada o le buscaría una ruina. Esos actos los llevaba a cabo en el sofá del salón de la casa o en la habitación de la niña”. La penetración vaginal que realizó a la menor, en enero de 2015, “causó desgarros en la vagina de la menor que requirieron de asistencia sanitaria consistente en intervención quirúrgica urgente para sutura de algunos desgarros y transfusión de sangre”. Durante esas mismas fechas, en el mismo domicilio y de manera repetida, tratando igualmente de satisfacer sus deseos sexuales, también “le realizó felaciones al otro menor y dio lugar a que éste se las hiciera a él”.
En ese mismo periodo de tiempo, el condenado agredió repetidamente al menor hijo de su pareja, imponiéndole castigos vejatorios, insultándolo y humillándolo además de dándole un trato diferente que al resto de los hermanos.
La sentencia considera que la madre conocía las prácticas sexuales que su marido llevaba a cabo con los menores y, también, el trato degradante que continuamente le daba a su otro hijo. Sin embargo, “no reaccionaba para evitarlos por el miedo poderoso que sufría dado que su marido la tenía dominada, sometida y amenazada”.
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