Murcia, 31 ene (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha rebajado de 9 a 7 y medio años de prisión la pena impuesta por la Audiencia Provincial a un hombre que abusó de una menor y tuvo acceso carnal con ella en aplicación de la ley conocida como la del 'solo sí es sí', al considerarla norma más beneficiosa.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, hace esa rebaja contra el criterio del fiscal y de la acusación particular, que solicitaron que se mantuviera la pena fijada por la Audiencia Provincial.
La resolución recurrida incluyó la pena de nueve años de libertad vigilada, una orden de incomunicación y alejamiento de 500 metros de la víctima por tiempo de siete años y una indemnización de 6.000 euros para esta, que se mantienen.
El relato de hechos probados recogido en la sentencia del primer tribunal señalaba que los mismos se produjeron en mayo de 2017 en el locutorio en el que trabajaba el acusado, cuando la menor tenía 15 años de edad y había acudido a ese lugar a requerimiento de aquel.
Una vez en el locutorio el denunciado le pidió mantener relaciones sexuales, a lo que ella se negó inicialmente, pero ante su insistencia accedió a ello, aunque una vez en la cama le reiteró su negativa.
Pese a esa oposición, el acusado mantuvo relaciones sexuales plenas con la menor, añadía la sentencia ahora modificada por el TSJRM solo para rebajar la pena de prisión.
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