El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha declarado improcedente el despido de un camarero de A Coruña al que echaron del trabajo tan solo 40 minutos después de presentar su baja médica.
Los magistrados dan la razón al Juzgado de lo Social nº 7 de A Coruña que estimó parcialmente la demanda del denunciante, admitiendo un abono de 408,92 euros en concepto de indemnización y el pago del salario correspondiente en caso de no hacerlo.
El hombre solicitó una indemnización mayor como víctima de una represalia por parte de la empresa. “En este caso se vulneraban derechos fundamentales contemplados en la Ley 15/2022, que contempla la igualdad de trato y no discriminación por enfermedad”, afirma Andrea Cabanas, abogada que ha defendido al empleado.
El camarero envió por WhatsApp a la empresa el parte de baja médica y a las pocos minutos le notificaron su despido por razones disciplinarias. “El argumento de la empresa era un bajo rendimiento, que en ningún caso pudieron acreditar. Le culpaban de transmitir informaciones erróneas a los clientes o de cerrar antes de la hora fijada”, manifiesta la abogada.
Sin embargo, la letrada lamenta que el tribunal no haya reconocido la nulidad del despido, admitiendo que existía una discriminación hacia el trabajador por el hecho de haber cogido esa baja.
“No cabe apreciar la existencia de un despido por la enfermedad del denunciante, porque la decisión patronal ya estaba planteada con anterioridad, sin que exista ningún indicio de represalia”, sostiene el TSJ respecto al recurso planteado por la abogada.
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