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Asunto de aquellos que uno preferiría no tener que llevar, pero que no queda otra porque hay que cumplir con los contratos suscritos con los clientes. Y lo mismo ocurría del otro lado en el que la compañera contraria defendía a un afiliado al sindicato, que por la sola afiliación, adquiere igualmente el derecho a ser defendido si o si por los letrados del mismo.

De fondo, un asunto de, no os lo perdáis, ciento cincuenta euros con cuatro céntimos. Se trataba de una reclamación por reintegro de prestaciones percibidas supuestamente de forma indebida que había efectuado la Mutua defendida por quien suscribe, frente al trabajador defendido por el sindicato.

La cosa gravitaba en torno a la fecha en que el interesado había recibido una determinada Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Según cual fuese la fecha, las prestaciones reclamadas eran o no indebidas y el trabajador tenía o no que devolverlas. El actor en este caso sostenía una determinada fecha, pero no lo acreditaba. La Mutua le había requerido en varias ocasiones para que hiciese tal acreditación y el actor nunca lo hizo, por lo que se tiró a la piscina y le reclamó la devolución de las prestaciones por considerarlas indebidamente percibidas. El demandante interpuso su demanda contra esta reclamación.

Llegamos al juicio y mi contraria manifiesta al aportar la prueba documental que por fin han conseguido, a través de los datos que obraban en otro expediente administrativo en el que también había sido parte el actor pero no la Mutua, un documento que acreditaba que la fecha de notificación era la que ellos sostenían en la demanda.

Revisamos la documental aportada y efectivamente, mi compañera tenía toda la razón. No me quedó otra que comerme el sapo de cara a las conclusiones.

Al salir, la colega me dice que el actor no había acreditado la fecha de la notificación a requerimiento de la Mutua, porque fue a Correos a pedir una certificación de la fecha de notificación y le pidieron 40,- euros por hacerle el certificado y que él no tenía esta cantidad disponible, por lo que se fue sin la prueba.

Así que al final resulta que la Mutua le reclama a este hombre 150,04 € y éste prefiere interponer demanda (que por ser afiliado al sindicato, le sale gratis), antes que pagar los 40,- € que le pide correos, porque parece que no anda muy sobrado.

Total que la broma, cuesta a la propia Mutua nuestros honorarios y suplidos, al sindicato, los de su letrada y a todos los ciudadanos de este país, el importe del coste de un juicio que no se cuanto vale, pero que sumado a todo el otro dispendio, es seguro que supera de largo, larguísimo, los 150,04 € reclamados más los 40,- € que pretendía cobrar correos… y hasta igual daba para acabar las obras de la Sagrada Familia.

Decididamente, solo cabe una conclusión: Que unos y otros, estamos mal de la olla y está claro que algo no estamos haciendo bien, por decirlo de algún modo más o menos condescendiente.




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