Carpeta de justicia

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La Navidad es una época en las muchas personas aumentan sus gastos, tales como regalos, invitaciones, dedicatorias o celebraciones, ya sea por placer o por compromiso.

Si eres autónomo, deber prestar especial atención a lo que dice la Ley acerca de aquellos gastos que puedes deducirte y cuáles son los requisitos que deben cumplir los gastos para tener la consideración fiscal de ser deducibles, sobre todo en épocas festivas, como la Navidad.

¿Qué tiene que cumplir un gasto para que sea deducible?

  1. Que estén vinculados a la actividad económica desarrollada, esto es, que sean propios de la actividad.
  2. Que se encuentren justificados.
  3. Que se hallen registrados en la contabilidad o en los libros-registro que con carácter obligatorio deben llevar los contribuyentes que desarrollen actividades económicas.

En el régimen de Estimación Directa, el rendimiento neto de la actividad económica se determina por la diferencia entre los ingresos obtenidos del ejercicio y los gastos fiscalmente deducibles de la actividad.

Por ello, si el régimen por el que determinamos nuestro rendimiento en IRPF es el régimen de Estimación Directa, los gastos que podremos incluir como gastos fiscalmente deducibles tienen que ser necesarios para el desarrollo de la actividad y han de estar justificados, no permitiéndose, por tanto, la deducción de gastos no relacionados con la actividad o que tengan la consideración de privados. Un ejemplo podría ser la compra de un coche que se va a destinar en parte a la actividad y en parte a un uso privado, en estos casos la administración exige que haya una afectación total del vehículo a la actividad, no permitiendo la deducibilidad si hay una afectación parcial, por ello no todos los gastos son deducibles y han de estar justificados.

Por consiguiente, para que los gastos puedan ser deducibles es preciso que se pueda acreditar que son necesarios para el ejercicio de la actividad que se desempeña, y que son utilizados exclusivamente para los fines de la actividad y no para necesidades privadas, además han de estar documentados mediante la correspondiente factura, y dicha factura ha de contener los requisitos establecidos en el Reglamento de facturación.

¿Qué tipo de gastos pueden deducirse los autónomos en Navidad?

Para que sea deducible, los gastos de los autónomos deben cumplir una serie de características. Estos pueden ser, por ejemplo, los gastos derivados de compras de bienes que son imprescindibles para ejercer su actividad, los sueldos y salarios , gastos financieros, cuotas de la Seguridad Social o suministros.

En época Navideña, en concreto, los autónomos pueden deducirse de gastos como las cestas de Navidad o los otros obsequios, como pueden ser cenas o boletos de lotería.

Esto es así tal como indica la consulta vinculante V2490-17 de octubre de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de Personas Físicas, en la que se explica que estos gastos se pueden deducir siempre y cuando se presente la factura debidamente justificada. En el caso de obsequios como los décimos de Lotería de Navidad, el límite para deducirse es el 1% del importe neto de la cifra de negocios del periodo impositivo.


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