Nuevas tecnologías, nuevos problemas a los que enfrentarse y nueva legislación del mundo tecnológico en el que vivimos.
En este excesivamente desarrollado tiempo en el que vivimos, la innovación que se requeriría en el mundo jurídico como respuesta al veloz y voluminoso desarrollo tecnológico que se ha dado es, más de una vez, escaso o poco efectivo. Para entender esto en profundidad, conviene analizar la pregunta: ¿Cómo de importante ha sido la llegada de las nuevas tecnologías (también llamadas TICS) en el marco legal y en toda la atmósfera que engloba nuestros derechos, obligaciones y libertades a la hora de actuar?
Algunos problemas de las TICS en el sector legal son:
1 - Falta de abogados especializados en Derecho digital: La utilidad que supondría que nosotros, la próxima generación de abogados, nos especializásemos en ser profesionales adaptados al mundo moderno, a través de la utilización de nuevas herramientas de información o de tramitación de documentos oficiales para el BOE.
2 - Nuevos delitos tecnológicos: han surgido nuevas formas de delinquir o atentar contra la integridad de las personas a través de la utilización de nuevas tecnologías. Se han creado nuevos procedimientos de investigación criminal en la Ley Orgánica 13/2015 y por la Ley 41/2015. Algunos de estos nuevos delitos tecnológicos y su correspondiente regulación en el Código Penal son: el childgroom o acoso a menores (art. 189 CP), el voyerismo y acoso a familiares (art. 172.3 CP), el robo de información o incluso la visualización de contenido pornográfico infantil a través de internet (es el primer delito recogido cometido con la vista).
3 - Drones y su legislación: Existe un cierto vacío legal en términos de controlar las imágenes que los drones aéreos recogen, ya que pueden atentar contra el derecho de la propia imagen de la persona. En Julio de 2015 se aprobó la Ley 18/2014 (ley provisional para Drones) y hace escasas semanas, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ha realizado una nueva redacción definitiva para regularla, lo cual tendrá que esperar meses hasta tener un Parlamento configurado que pueda votarla.
Ejemplos de innovación en este sector como el portal Lexnet, como sus creadores la definen, “es una plataforma de intercambio seguro de información entre los órganos judiciales y los operadores jurídicos que, en su trabajo diario, necesitan intercambiar documentos judiciales. Dicho servicio permite digitalizar todas las notificaciones judiciales al instante, así como remitir escritos o demandas de una forma más accesible y económica”.
Como consecuencia de las TICS, muchas pequeñas y medianas firmas, antes en la sombra y sin la confianza de muchos de los clientes para poder responder a sus necesidades de la misma forma que las grandes firmas, están ganando poder empresarial e incluso desbancando a grandes empresas a base de innovar y no sólo atraer a clientes offline sino también online.
Un ejemplo muy significativo de innovación jurídica es la redacción del siguiente artículo aquí escrito del Código Penal, el cual permite la introducción de un llamado trojan o troyano en el ordenador o sistema de información de cierta persona para un fin mayor, así como evitar terrorismo, por la LO 13/2015, del 5 de Octubre.
Como conclusión, es conveniente seguir desarrollando la facilitación de los procesos judiciales a través de las TICs. Semanas atrás, mi padre, profesional de la abogacía, me narraba lo fácil que le había sido tomar el testimonio a un acusado testigo a través de videollamada por Skype, en vez de hacerle viajar hasta aquí para ello, aunque luego tuviera que prestar declaración ante un funcionario francés en el tribunal de su localidad de residencia. Esto supuso un ahorro en tiempo y costes para ambas partes, facilitando así esto y muchos más aspectos del proceso judicial. Mi idea sería ampliar esto no sólo para la toma de testimonios o para el uso de Lexnet y su digitalización de las notificaciones, sino para poder llevar a cabo todo un complejo proceso judicial a través de o bien videoconferencia u otro portal que estuviese disponible para ello.
Juan Lozano de Diego es alumno de 1º de E1 (Derecho + Business Law) en la Universidad Pontificia de Comillas.