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  • El Juzgado Social de Móstoles acoge el argumento del demandante, de que la empresa pretendía que el trabajador se fuera, y la condena a reponerle en las condiciones anteriores y a abonarle la indemnización por vulneración de derechos

Comfica es una empresa líder en el sector de las soluciones integrales en materia de tecnología, ingeniería y seguridad. En el primer trimestre de 2023, facturó 46,5 millones de euros, y cuenta con una plantilla de más de 500 empleados.

Desde el año 2019 comenzó a modificar y reducir costes operativos de personal mediante cambios en las nóminas de sus empleados, momento en el que un grupo de ingerieros acudieron Servilegal Abogados, quienes se hicieron cargo de reclamar desde modificaciones sustanciales hasta reclamaciones de cantidades, obteniendo una cascada de sentencias estimatorias, hemos podido acceder a tres de ellas, con condenas de 10.000€, 13.000€ y 14000€ respectivamente, por supresión de pluses o cantidades.

La empresa desplazó a uno de sus ingenieros a una planta fotovoltaica de otra comunidad autónoma con el objetivo de que el trabajador se fuera de la empresa, lo que provocó el inicio de un litigio legal que acabó recientemente con una Sentencia revolucionaria.

El letrado del trabajador, Ignacio Palomar Ruiz, Director de Servilegal Abogados, consiguió trasladar de modo eficaz lo ocurrido al Juez, quien cogió favorablemente que la movilidad aplicada por la empresa era injustificada y vulneró los derechos del trabajador. Así finalmente en su fallo, ordena a la empresa la reposición del trabajador a su antiguo puesto, así como el abono de una indemnización de 30.000€ por daños morales.

Hoy, la empresa ha puesto resistencia a la efectiva reincorporación, por lo que Palomar ha interpuesto ejecución judicial, y la empresa está jugándose una indemnización adicional de más de 160.000€, que se sumaría a la extinción indemnizada de la relación laboral. En los próximos meses se conocerá el resultado de esta nueva vista de ejecución.

Preguntamos al letrado sobre los requisitos tiene que tener una movilidad geográfica laboral, y nos cuenta que: La movilidad geográfica laboral es un cambio de puesto de trabajo que implica un cambio de residencia del trabajador. Se puede producir por causas organizativas, productivas o económicas, y debe estar justificada por la empresa.

Los requisitos que debe cumplir una movilidad geográfica laboral son los siguientes:

  • Justificación: La empresa debe justificar la necesidad de la movilidad geográfica laboral, aportando pruebas que acrediten las causas que la motivan.
  • Notificación: La empresa debe notificar al trabajador la movilidad geográfica laboral con al menos 30 días de antelación. La notificación debe incluir la información necesaria sobre el nuevo puesto de trabajo, el nuevo centro de trabajo y las condiciones económicas de la movilidad.

Además de estos requisitos, la movilidad geográfica laboral debe cumplir con las siguientes condiciones:

Si la movilidad geográfica laboral se produce sin cumplir los requisitos establecidos, el trabajador puede impugnarla ante los tribunales.




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