La función de un canal de denuncias es proteger a las personas que trabajan en una organización o están relacionadas con ella laboralmente. También deben poder denunciar personas externas a la organización, tales como candidatos a puestos de trabajo, colaboradores autónomos o proveedores.
La normativa es obligatoria para:
- Empresas de + 50 trabajadores.
- Empresas de – 50 trabajadores con circunstancias especiales.
- Todas las empresas públicas con población superior a 10 mil habitantes.
- Empresas que operan en el sector financiero.
- Empresas con un plan de Compliance.
Referente a las obligaciones y medidas a adoptar en base a la Directiva Europea, 019/1937 de 23 de octubre, destacan:
- Establecer un canal de comunicación donde terceras partes implicadas con la empresa, trabajadores, clientes, proveedores…puedan comunicar hechos denunciables a la empresa.
- Atender y gestionar dicho canal de forma efectiva y documentada.
- Estudio, análisis y tratamiento de los hechos denunciados.
- Nombramiento de responsable de Canal de Denuncias.
- Establecimiento de información y actuación a los usuarios del Canal de Denuncias.
- Elaboración de informes mensuales sobre la gestión del Canal de Denuncias.
- Garantizar la confidencialidad y el cumplimiento RGPD.
No hay comentarios.