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  •                  La nueva normativa quiere cumplir con las exigencias de la ley de integridad, conservación, accesibilidad, trazabilidad e inalterabilidad
  •                  “El modelo de facturación electrónica no puede estar pensado para grandes empresas y para grandes volúmenes de facturación, ya que la media de facturas emitidas por personas empresarias en España es de 14 al mes”, según Javier Hurtado, inspector adjunto a jefe de área de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude

El Colegio de Graduados Sociales de Barcelona, Girona y Lleida ha organizado un acto de divulgación técnica sobre los impactos de las novedades legales del Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación. Para ello, se ha contado con las intervenciones de Javier Hurtado, inspector adjunto a jefe de área de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude, y Elia Urgell, product manager del área fiscal, contable y facturación de Wolters Kluwer.

Hurtado ha explicado que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), con el objetivo de continuar con la lucha contra el fraude, ha diseñado un nuevo Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación (Real decreto ley 1007/2023, de 5 de diciembre) que entrará en vigor a partir del 1 de julio de 2025. Esta nueva normativa quiere cumplir con las exigencias de la ley de integridad, conservación, accesibilidad, trazabilidad e inalterabilidad.

El sistema tiene como principal novedad el desarrollo del programa de facturación en línea Veri*Factu, donde los empresarios que facturen menos de 6 millones de euros anuales podrán tramitar los registros de facturación a la Agencia Tributaria de forma inmediata a su producción. La ventaja de este modelo es que permite la verificación automática de las facturas generadas y evita que se puedan alterar en algún otro momento. A través de la huella digital de la persona, la factura queda vinculada a la anterior, de tal manera que si se altera cualquiera de la serie se podría identificar fácilmente.

Por otro lado, el ponente ha remarcado que también es posible cumplir con esta normativa siguiendo el sistema no Veri*Factu. Siguiendo esta opción, la persona empresaria se debe hacer responsable de sus facturas, conservándolas en la sede local y asegurando que no se alteran.

En referencia al ámbito objetivo, la normativa afectará, según explicó el ponente, a todas las facturas emitidas, tanto aquellas que sean B2B (entre empresas) como B2C (entre empresas y personas consumidoras). Todo esto, claro está, no afectará a todas aquellas personas que no deban facturar, siguiendo el RD 1619/2021, y los que ya lo hagan a través del Sistema de Información Inmediata.

Durante su intervención, Javier Hurtado ha especificado que “el modelo de facturación electrónica no puede estar pensado para grandes empresas y para grandes volúmenes de facturación, ya que la media de facturas emitidas por personas empresarias en España es de 14 al mes”. Finalmente, ha remarcado que el sistema no se podrá implantar de forma inmediata en las microempresas, por el hecho que todo este proceso llevará mucho trabajo, tanto para los usuarios como para la Administración Tributaria.

En último lugar, Elia Urgell ha sido la encargada de hacer una presentación práctica a los asistentes de cómo funciona, paso por paso, el nuevo sistema Veri*Factu que se podrá utilizar a partir del 1 de julio de 2025 para generar y emitir facturas en línea. 




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