Carpeta de justicia

LawAndTrends



La llamada revolución tecnológica está trayendo consigo nuevas formas de comercio y de interacciones entre consumidores y usuarios, modificando incluso la forma en que la inmensa mayoría de los ciudadanos nos relacionamos. En este contexto surge la economía colaborativa, que se define como una nueva forma de comercio a partir de una base telemática, donde se efectúan un cierto tipo de interacciones con el objetivo genérico de la satisfacción de necesidades de consumo, en su mayoría.

Es decir, parafraseando a los “nuevos clásicos”, aunque algunos podrían decir que dicha forma económica no es del todo real, lo que no se puede negar es que su existencia favorece, impulsa y ofrece diversas formas de consumo, novedosas y adaptadas a los criterios atractivos de la actualidad de masas. En especial, su forma dinámica, su sencillez y facilidad de uso intuitivo, así como la rapidez e inmediatez esperada en todas las operativas.

Dichas interrelaciones se efectúan desde distintas posiciones y roles, generalmente como vendedor o como comprador de algún producto o servicio de consumo.

Por otro lado, la Unión Europea parece que comparte la visión de potencial de la economía colaborativa, al haber protagonizado diversas acciones y movimientos. Destacamos, entre otras, las siguientes:

  • La creación de la “Agenda Europea para la Economía Colaborativa” por el Comité Económico Social Europeo (CESE), impulsando a la Comisión para que realice un análisis más profundo y exhaustivo al respecto.
  • La publicación del proyecto de opinión acerca de la “Agenda Europea para la Economía Colaborativa” desde la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales del Parlamento Europeo.
  • La publicación del informe sobre “Economía colaborativa y plataformas en línea: una visión compartida de ciudades y regiones“ por parte del Comité de la Regiones.

¿Cuáles son los beneficios del consumo colaborativo?

En cuanto a los principales beneficios del consumo colaborativo, éstos son muy diversos. Podemos destacar los siguientes:

  • Bajos precios de productos con un menor coste, que repercuten en el ahorro de cara a los consumidores.
  • Cierto grado se sostenibilidad, ya que puede estimularse un segundo uso del producto que se trate y así se logra una reducción de residuos unipersonales a largo plazo.
  • Aparece la gestión compartida de los recursos, como por ejemplo compartir vehículos, viviendas, espacios comunes de comunicación, espacios de trabajo, etc.
  • A través de la reutilización y de los servicios compartidos se consigue contribuir a la sostenibilidad del entorno.
  • Reducción de emisiones de CO2, gracias al transporte colectivo y/o compartido.
  • Impulso para el emprendimiento, ante la menor complicación en el momento de efectuar el proyecto de empresa creando una plataforma propia.
  • Un mayor grado de oferta, tanto cualitativa como cuantitativa, en referencia a consumibles con un segundo uso, con unos servicios compartidos que amplían y diversifican las ofertas posibles.
  • Factores sociales de cooperación, ya que se potencian las relaciones sociales, la solidaridad colectiva y la “humanización” de ciertas relaciones comerciales.

El futuro nos aportará, sin duda, una mayor conceptualización definitoria y un mayor grado de profundización social de la economía colaborativa, con necesidades de regulación específica y concreta. Las instituciones con potestades legislativas europeas parece que ya van marcando el camino que todos deberemos seguir.

Con ello se deben garantizar los derechos de todos los trabajadores, así como la libertad de mercado, combatiendo siempre la competencia desleal, evitando una posible manipulación a las legislaciones locales a causa de la falta de una regulación específica.

REFERENCIAS:

http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?pubRef=-//EP//NONSGML%2BCOMPARL%2BPE-592.420%2B01%2BDOC%2BPDF%2BV0//ES

https://www.consumocolaborativo.com/2017/01/10/europa-se-toma-la-economia-colaborativa-muy-en-serio/

https://es.wikipedia.org/wiki/Consumo_colaborativo

https://retos-directivos.eae.es/que-es-la-economia-colaborativa-y-cuales-son-sus-beneficios/

https://www.apd.es/la-economia-colaborativa/

¿Te ha gustado este artículo?

SUSCRÍBETE A NUESTRA NUEVA NEWSLETTER

Hemos creado para ti una selección de contenidos para que los recibas cómodamente en tu correo electrónico. Descubre nuestro nuevo servicio.

 



No hay comentarios.


Hacer un comentario

He leido y acepto los términos legales y la política de privacidad