El Boletín Oficial del Estado de hoy publica la Orden Ministerial por la que se regula la jornada y el régimen de horario habitual en el lugar de destino de los miembros de las Fuerzas Armadas. Se da con ello cumplimiento a lo que establece la Ley Orgánica de Derechos y Deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, en cuanto a que la jornada de trabajo de los militares será, con carácter general, la del personal al servicio de la Administración General del Estado.
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