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  • Pérez-Llorca organizó una sesión extraordinaria para analizar la reciente sentencia del Tribunal Supremo que exige a las empresas realizar un trámite de audiencia previa antes de un despido disciplinario.

El área de Laboral, compensación y beneficios de Pérez-Llorca organizó una sesión extraordinaria de ‘Pérez-Llorca Laboral al Día’ para analizar la reciente sentencia del Tribunal Supremo nº1250/2024, del 18 de noviembre, que establece la obligatoriedad de realizar un trámite de audiencia previa antes de que las empresas puedan despedir disciplinariamente.

La jornada, realizada en formato online, contó con la participación de Daniel Cifuentes e Isabel Moya, socios de la práctica en Pérez-Llorca, quiénes ofrecieron un análisis detallado de las implicaciones legales de la sentencia, proporcionando una visión clara y práctica sobre cómo las empresas deben adaptar sus procedimientos internos a esta nueva normativa.

La exigencia de audiencia previa resulta de aplicación a los despidos disciplinarios, con el objetivo de que el trabajador pueda presentar alegaciones y defenderse de las causas que se le puedan atribuir. Aunque no existe un plazo específico establecido para este trámite, se sugiere que sea razonable, variando entre 24 y 72 horas dependiendo de la complejidad del caso. “Un plazo de 72 horas es más conservador y recomendable”, señaló Cifuentes, quien también apuntó que no sería necesaria la figura de un instructor durante este proceso. 

En cuanto a la presentación de pruebas que acrediten los supuestos incumplimientos al trabajador, Moya explicó que no es obligatorio que las empresas ofrezcan los medios de prueba con los que cuentan al trabajador, aunque “Si los hechos no son claros y el trabajador solicita pruebas, es recomendable proporcionarlas”, matizó Moya. Además, la socia de Pérez-Llorca expuso que, durante el periodo de audiencia previa, las empresas pueden ofrecer o proponer al trabajador la opción de ser liberado de la prestación de servicios, pero nunca se le puede exigir.

En relación con los trabajadores que, al ser citados a la audiencia previa o al ser conscientes de la situación, solicitan una reducción o adecuación de jornada para evitar el despido, Moya explicó que es posible proceder con el despido si se evidencia una situación abusiva de poder. “Es crucial anticipar en la comunicación que la petición del trabajador es antijurídica”, recomendó Moya.

Para concluir la sesión, los expertos enfatizaron la importancia de planificar adecuadamente el proceso de despido para evitar problemas legales. “Aunque es técnicamente posible realizar la audiencia previa y entregar la carta de despido en la misma reunión, no es recomendable. Es esencial dar al trabajador al menos 24 horas para defenderse por escrito”, concluyó Cifuentes. En esta línea, Moya añadió que “es crucial que las empresas adapten sus procedimientos internos para cumplir con esta nueva exigencia legal”.




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