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  • La falta de relación absoluta y prolongada de una abuela respecto a sus nietas no es causa suficiente para la desheredación
  • En este contexto, Abel Marín, abogado y socio de Marín & Mateo Abogados, explica que “toda sentencia requiere contar con hechos probados además de estar fundamentada. No sirve con transmitirlo a través del testamento”.

El Tribunal Supremo ha aprobado recientemente una sentencia por la cual la legislación vigente no permite desheredar a los nietos con los cuales se mantiene una relación pobre o indiferente. El Alto Tribunal concluye que solo se podrá desheredar a un familiar en caso de que exista alguna situación de maltrato, ya sea físico o psicológico, incluso derivado de la indiferencia de los desheredados.

“En este caso la sentencia sin ampliar ni reducir el criterio propio del Tribunal afina y preserva principios como el de prueba y entra al caso real con otros hechos probados y en consecuencia advierte que la falta de relación absoluta y prolongada de una abuela respecto a sus nietas no es causa suficiente para la desheredación”, explica Abel Marín, abogado y socio de Marín & Mateo Abogados y autor del libro “Protege tu herencia”. La lectura profunda de esta ley expresa que “el hecho de que exista una ausencia de relación no es motivo que pruebe un daño psicológico”, añade.

Motivos para tramitar una desheredación

  • Falta de relación familiar
  • Falta de obligaciones familiares
  • Indignidad contra la persona fallecido
  • Maltrato psíquico o físico

Motivos para tramitar una desheredación

Que un heredero legítimo directo reciba los bienes de un familiar es un derecho recogido por la norma vigente. Tal y como marca el artículo 853 del Código Penal, la herencia podrá apartarse siempre que el heredero niegue los alimentos a la persona que le deshereda o le maltrate, ya sea psicológica o físicamente.

No solo los nietos pueden ser desheredados, también se puede desheredar a un conyugue en aquellos casos en los que se haya incumplido de forma reiterada o grave los deberes conyugales.

Por último, aquellos familiares que muestren indignidad contra la persona fallecida, ya sea atentando contra su integridad psíquica o física, o por delitos contra la libertad, la indemnidad sexual y la integridad moral, así como por denuncias falsas.

Para que estas causas puedan ser justificables y aplicables en el proceso de desheredación, el experto asegura que “es conveniente que, si el desprecio o desatención afecta a la salud mental del testador, este acuda al médico a fin de que valore dicho daño, deje constancia en informes la causa y que prescriba tratamiento adecuado para la dolencia, bien farmacológico derivando a psiquiatría o bien terapia psicológica. Estos informes pueden ser la prueba con la que los herederos acrediten la justa causa que el testador expresa en el testamento”.

Cómo desheredar a un nieto

La desheredación es un proceso que se puede realizar a través de un testamento o últimas voluntades, y podrá ser total o parcial. Es importante que este testamento tenga una validez legal, declarada con la autorización de un notario, la persona responsable de revisar el trámite y verificar que no hay reconciliación o disculpas por aparte de la persona afectada. “Si bien es cierto, cabe destacar que nunca se podrá desheredar a un nieto que sea menor de edad”, afirma Marín.

“Hemos de recordar que toda sentencia requiere contar con hechos probados además de estar fundamentada. No sirve con transmitirlo a través del testamento, ya que podría existir algún tipo de reconciliación después de testar o bien que situación de vulneración manifestada sea falsa”, explica el abogado.

Además, en estas situaciones se da la inversión de carga de la prueba. “Este ordenamiento destaca que será responsabilidad del heredero probar que la causa existió. El desheredado puede oponerse a la demanda negando la causa y solo si está probada podrá aplicarse”, concluye el abogado.

“Protege tu herencia”– Marín & Mateo Abogados

Abel Marín es licenciado en Derecho y socio de uno de los bufetes más prestigiosos del país, Marín Mateo Abogados. Autor de “Protege tu herencia”, el primero de varios títulos con los que busca acercar a los lectores las experiencias que ha vivido como abogado y ayudar a millones de familias en un aspecto tan importante las herencias y testamentos. Se trata de una guía práctica para evitar errores y solucionar los problemas más comunes en herencias y testamentos, como, por ejemplo: ¿Por qué es tan importante hacer testamento?; ¿Qué pasa si muero sin testamento?; ¿Cómo se hace un testamento?, entre otras. Todas estas dudas quedan esclarecidas en este libro, de lenguaje directo, fácil de entender y claro.

Rocío Ocaña, socia de Marín y Mateo Abogados, junto con Abel Marín, tras el éxito de “Protege tu herencia” están redactando el siguiente libro de la serie “Explicando lo complejo de forma sencilla”, que tratara de Familia y Derecho Matrimonial, una guía práctica para solucionar las dudas y evitar los principales problemas en sobre los aspectos económicos del matrimonio y sobre separaciones y divorcios.




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