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  • En una sentencia pronunciada el 16 de febrero, el Primer Senado del Tribunal Constitucional Federal sostuvo que § 25a (1) primera alternativa de la Ley de Seguridad y Orden Público para el Land Hesse ( Hessisches Gesetz über die öffentliche Sicherheit und Ordnung - HSOG) y § 49 ( 1) la primera alternativa de la Ley sobre el procesamiento de datos por parte de la policía del Land de Hamburgo ( Hamburgisches Gesetz über die Datenverarbeitung der Polizei – HmbPolDVG) son inconstitucionales. 
  • Estas disposiciones autorizan a la policía a procesar los datos personales almacenados mediante análisis de datos automatizados (Hesse) o interpretación de datos automatizados (Hamburgo).

Las disposiciones violan el derecho general de la personalidad (Art. 2(1) en conjunción con el Art. 1(1) de la Ley Fundamental, Grundgesetz – GG) en su manifestación como derecho a la autodeterminación informativa, porque no contienen umbrales suficientes para la interferencia. Permiten el tratamiento posterior de los datos almacenados mediante el análisis o la interpretación automatizados de los datos en determinados casos, previa evaluación caso por caso, cuando sea necesario como medida cautelar para prevenir determinados hechos delictivos. Dada la redacción particularmente amplia de los poderes, tanto en términos de los datos como de los métodos en cuestión, los motivos de la interferencia están muy por debajo del umbral constitucionalmente requerido de un peligro identificable (konkretisierte Gefahr ) .

§ 25a(1) primera alternativa de la Ley de Seguridad y Orden Público de Hesse continuará aplicándose, sujeto a las restricciones establecidas a continuación, hasta que se hayan promulgado nuevas disposiciones y, en cualquier caso, a más tardar el 30 de septiembre de 2023. § 49(1) ) la primera alternativa de la Ley de Hamburgo sobre el tratamiento de datos por parte de la policía es nula.

Hechos del caso:

El § 25a(1) de la Ley de Hesse y el § 49(1) primera alternativa de la Ley de Hamburgo, que tienen esencialmente la misma redacción, proporcionan una base legal específica para vincular bases de datos automatizadas y fuentes de datos previamente desconectadas en plataformas de análisis y permitir el acceso sistemático de datos a través de fuentes a través de búsquedas. Las disposiciones autorizan a la policía a procesar los datos personales almacenados mediante el análisis automatizado de datos (Hesse) o la interpretación automatizada de datos (Hamburgo), sujeto a una evaluación caso por caso, para prevenir actos delictivos graves en el sentido del § 100a(2). ) del Código de Procedimiento Penal ( Strafprozessordnung– StPO) (primera alternativa) o para evitar peligros a determinados bienes jurídicos (segunda alternativa). La sección (2) de ambas disposiciones establece que se pueden establecer relaciones o conexiones entre personas, grupos de personas, instituciones, organizaciones, objetos o asuntos, filtrar información e inteligencia insignificante, comparar los conocimientos generados con hechos conocidos y almacenarlos. los datos pueden ser analizados.

En Hesse, la policía ha hecho uso de los poderes otorgados por el § 25a de la Ley de seguridad y orden público miles de veces al año a través de la plataforma 'hessenDATA'. En Hamburgo, el § 49 de la Ley sobre el procesamiento de datos por parte de la policía aún no se ha puesto en práctica.

Consideraciones clave del Senado:

A. Los recursos constitucionales solo son admisibles en la medida en que se dirijan contra el umbral de injerencia establecido en el § 25a(1) primera alternativa de la Ley de Hesse y en el § 49(1) primera alternativa de la Ley de Hamburgo (análisis de datos o interpretación para la prevención de hechos delictivos). Por lo demás, son inadmisibles.

B. En la medida en que los recursos constitucionales sean admisibles, son fundados.

I. Cuando los datos almacenados sean tratados mediante análisis o interpretación automatizada de datos, ello constituye una interferencia en la autodeterminación informativa de todas las personas cuyos datos personales sean utilizados en dicho tratamiento. No es solo el uso posterior de datos previamente desconectados lo que equivale a una interferencia con los derechos fundamentales: la nueva inteligencia que se puede obtener a través del análisis o interpretación de datos automatizados también puede afectar los derechos fundamentales.

II. El análisis o la interpretación de datos automatizados requiere una justificación conforme a la ley constitucional. En principio, se puede justificar. Tiene especial importancia la compatibilidad con el principio de proporcionalidad, cuyos requisitos específicos dependen del alcance de las competencias de que se trate. Las disposiciones impugnadas cumplen el propósito legítimo de aumentar la eficacia de la prevención de actos delictivos graves, en vista del desarrollo de la tecnología de la información, en la medida en que permiten descubrir indicios de actos delictivos graves inminentes que de otro modo podrían pasar desapercibidos en los datos policiales . En el presente procedimiento, el LandLos gobiernos demostraron que, debido al uso cada vez mayor de medios digitales y medios de comunicación, particularmente en las áreas de violencia terrorista y extremista y delincuencia organizada y grave, las autoridades policiales se enfrentan a flujos de datos cada vez más grandes que son cada vez más heterogéneos en términos de su calidad y formato. Según la Tierragobiernos, el análisis de datos automatizado es esencial para una acción policial exitosa, ya que la información sobre estos delitos es difícil de obtener a través de una búsqueda convencional de registros de datos policiales, y mucho menos con limitaciones de tiempo. Las disposiciones son adecuadas según el derecho constitucional para aumentar la eficacia de la prevención del delito. También son necesarios, dado que el análisis o la interpretación automatizados de datos pueden generar inteligencia relevante para la prevención de delitos que no podría generarse con la misma eficacia por otros medios menos intrusivos.

III. Los requisitos especiales para la justificación de la injerencia en los derechos fundamentales surgen aquí del principio de proporcionalidad en sentido estricto. El rigor de estos requisitos en cada caso depende de la gravedad de la interferencia resultante de la medida en cuestión.

1. La severidad de la interferencia resultante del análisis o interpretación de datos automatizados está determinada en primer lugar por la severidad de las interferencias que resultaron de la recopilación de datos anterior; en este sentido, se aplican los principios de limitación de finalidad y cambio de finalidad que han sido desarrollados previamente en la sentencia sobre la Ley de la Policía Federal Criminal.

En consecuencia, el legislador puede permitir el uso de datos más allá de la investigación específica que motivó inicialmente la medida de recopilación de datos si el uso contemplado todavía está en línea con el propósito para el cual se recopilaron originalmente los datos (uso posterior en línea con el propósito original). El uso posterior de datos que sirvan al propósito para el que se recopilaron originalmente solo está permitido en la medida en que los utilice la misma autoridad en relación con la misma tarea y para la protección de los mismos intereses legales como fue el caso con en cuanto a la recogida de los datos. En principio, los datos se pueden utilizar como pistas para una mayor investigación.

Además, el legislador puede permitir el uso posterior de los datos para fines distintos de aquellos para los que se recopilaron originalmente (uso posterior con cambio de finalidad). En este caso, el principio de recolección hipotética de los datos es el estándar aplicable para la revisión de proporcionalidad. De acuerdo con este principio, el legislador puede, en principio, permitir un cambio en el propósito si los datos de las autoridades policiales se refieren a información que da lugar, en un caso individual, a una base específica para futuras investigaciones destinadas a detectar actos delictivos de gravedad comparable o evitar la amenaza inminente. peligros que, al menos a medio plazo, atenten contra bienes jurídicos de peso y equiparables a los bienes jurídicos cuya protección justificó la recogida de los datos en cuestión.

En ambos casos, se aplican requisitos más estrictos al uso posterior de los datos obtenidos a través de la vigilancia de domicilios particulares o registros remotos de sistemas informáticos.

De conformidad con el § 25a de la Ley de Hesse y el § 49 de la Ley de Hamburgo, los datos personales pueden estar sujetos a un procesamiento posterior que esté en línea con el propósito original, así como también a un procesamiento con un cambio de propósito. Ambas disposiciones permiten el procesamiento de grandes cantidades de datos, esencialmente sin diferenciación en cuanto a la fuente de los datos o el propósito original de su recopilación. El cumplimiento de los requisitos constitucionales derivados del principio de limitación de la finalidad requeriría, por tanto, disposiciones suficientemente claras para asegurar el cumplimiento del principio de limitación de la finalidad, tanto en los términos jurídicos como en la aplicación práctica.

2. Además, el análisis y la interpretación de datos automatizados equivalen a una interferencia separada, porque el procesamiento posterior de los datos que se han recopilado y almacenado puede tener nuevos efectos perjudiciales, que pueden ser más onerosos que la gravedad de la interferencia de la recopilación de datos original; en este sentido, el principio de proporcionalidad en sentido estricto requiere una justificación adicional.

a) El análisis o interpretación de datos automatizados está dirigido a generar nueva inteligencia. Las autoridades involucradas aquí pueden generar inteligencia de gran alcance a partir de los datos disponibles mediante el uso de prácticamente todos los métodos de TI existentes y también deducir nuevas conexiones a través del análisis de datos. No es inusual en sí mismo que la policía haga un mayor uso de la inteligencia que ha obtenido como pistas o base para otras líneas de investigación, ya sea por sí mismos o junto con otra información disponible, como puntos de partida para investigaciones adicionales. . Sin embargo, el análisis y la interpretación de datos automatizados van más allá porque permiten el procesamiento de grandes cantidades de información compleja. Según el método de análisis utilizado, la integración de los datos existentes puede generar nueva información que afecte a la personalidad de los interesados ​​y que de otro modo no sería accesible. Las medidas en cuestión resultan así en una generación más intensiva de información a partir de los datos. Este proceso no solo proporciona información sobre las personas en cuestión que está presente en los datos, sino que, aún sin descubrir debido a la falta de conexiones, también puede acercarse al desarrollo de un perfil completo. Esto se debe a que el software puede abrir nuevas posibilidades de completar la información disponible sobre una persona al tener en cuenta datos y suposiciones algorítmicas sobre las relaciones y conexiones que rodean a la persona en cuestión. El principio de limitación de la finalidad por sí mismo podría entonces ser inadecuado en relación con la gravedad de la interferencia. Las medidas en cuestión resultan así en una generación más intensiva de información a partir de los datos. Este proceso no solo proporciona información sobre las personas en cuestión que está presente en los datos, sino que, aún sin descubrir debido a la falta de conexiones, también puede acercarse al desarrollo de un perfil completo. Esto se debe a que el software puede abrir nuevas posibilidades de completar la información disponible sobre una persona al tener en cuenta datos y suposiciones algorítmicas sobre las relaciones y conexiones que rodean a la persona en cuestión. El principio de limitación de la finalidad por sí mismo podría entonces ser inadecuado en relación con la gravedad de la interferencia. Las medidas en cuestión resultan así en una generación más intensiva de información a partir de los datos. Este proceso no solo proporciona información sobre las personas en cuestión que está presente en los datos, sino que, aún sin descubrir debido a la falta de conexiones, también puede acercarse al desarrollo de un perfil completo. Esto se debe a que el software puede abrir nuevas posibilidades de completar la información disponible sobre una persona al tener en cuenta datos y suposiciones algorítmicas sobre las relaciones y conexiones que rodean a la persona en cuestión. El principio de limitación de la finalidad por sí mismo podría entonces ser inadecuado en relación con la gravedad de la interferencia. pero aún sin descubrir debido a la falta de conexiones, también puede acercarse al desarrollo de un perfil completo. Esto se debe a que el software puede abrir nuevas posibilidades de completar la información disponible sobre una persona al tener en cuenta datos y suposiciones algorítmicas sobre las relaciones y conexiones que rodean a la persona en cuestión. El principio de limitación de la finalidad por sí mismo podría entonces ser inadecuado en relación con la gravedad de la interferencia. pero aún sin descubrir debido a la falta de conexiones, también puede acercarse al desarrollo de un perfil completo. Esto se debe a que el software puede abrir nuevas posibilidades de completar la información disponible sobre una persona al tener en cuenta datos y suposiciones algorítmicas sobre las relaciones y conexiones que rodean a la persona en cuestión. El principio de limitación de la finalidad por sí mismo podría entonces ser inadecuado en relación con la gravedad de la interferencia.

b) Los requisitos constitucionales para la justificación del análisis o interpretación automatizados de datos varían, dado que su severidad de interferencia puede diferir sustancialmente según el diseño del marco legal.

aa) En general, la gravedad de la injerencia en el derecho a la autodeterminación informativa depende principalmente del tipo, alcance y posibles usos de los datos, así como de los riesgos de abuso. Además, el método permitido de análisis o interpretación de datos tiene un impacto en la gravedad de la interferencia. El uso de formas complejas de verificación cruzada de datos puede ser particularmente intrusivo. En general, la intrusión por métodos de análisis o interpretación de datos automatizados es mayor cuanto más amplia y profunda es la inteligencia que se puede obtener, mayor es el margen de error y la probabilidad de discriminación, y más difícil es rastrear los vínculos generados por El software.

bb) El legislador puede así determinar la gravedad de la interferencia estableciendo reglas sobre el tipo y alcance de los datos a utilizar y limitando los métodos de análisis permitidos. Los requisitos constitucionales relativos a los requisitos previos para la injerencia corresponden a la respectiva gravedad de la injerencia de la medida en cuestión. Los requisitos derivados del principio de proporcionalidad en sentido estricto para una determinada medida dependen tanto del bien jurídico a proteger como del umbral de injerencia, es decir, de la causal de ejecución de la medida.

Si los métodos automatizados dan lugar a graves interferencias con el derecho a la autodeterminación informativa de las personas afectadas, tales interferencias solo pueden justificarse sujetas a los estrictos requisitos que se aplican a las medidas de vigilancia intrusiva y encubierta en general. El uso de tales métodos solo está permitido para proteger intereses legales particularmente importantes, como la vida, la integridad física o la libertad de la persona. El umbral de interferencia que se requiere aquí es el de un peligro suficientemente identificable ( hinreichend konkretisierte Gefahr ).

Por el contrario, las injerencias menos graves pueden estar justificadas si sirven para proteger bienes jurídicos de al menos un peso considerable, como la prevención de actos delictivos que sean al menos considerables, siempre que exista un peligro identificable. A su vez, si una medida sirve para proteger bienes jurídicos de alto rango, excepcionalmente significativos o de especial peso, un umbral que sea menos estricto que un peligro identificable puede ser suficiente.

Si el tipo y alcance de los datos a incluir están limitados por la ley y los posibles métodos de análisis o interpretación están restringidos en tal grado que una medida realizada sobre la base del poder en cuestión no conducirá a conocimientos más amplios. en la vida de las personas afectadas de lo que de manera realista podría obtener la autoridad, aunque más lenta y laboriosamente, sin automatización, o si el poder está desde el principio solo dirigido a identificar lugares peligrosos o sensibles, sin generar información personal, entonces la adherencia a el principio de limitación de la finalidad por sí solo puede ser suficiente para justificar el tratamiento automatizado de datos.

cc) Sólo puede prescindirse constitucionalmente del umbral de un peligro al menos identificable para bienes jurídicos de especial peso si el marco legal, de manera clara y suficientemente específica, limita las opciones permisibles de análisis e interpretación tan estrictamente que la gravedad de la interferencia resultante de las medidas es sustancialmente menor. En principio, el legislador puede dividir la tarea de establecer tales reglas, estableciendo él mismo algunos elementos y permitiendo que otras reglas sean determinadas por las autoridades administrativas. Sin embargo, el legislador debe garantizar que las normas que limitan el tipo y el alcance de los datos que pueden utilizarse y que restringen los métodos de procesamiento de datos permitidos sean suficientes en todas las situaciones y cumplan el requisito de que las interferencias deben basarse en disposiciones legales. Se puede considerar una ley habilitante para la determinación de aspectos que no tienen que ser establecidos por el legislador. Además, el legislador puede exigir a las autoridades administrativas que especifiquen con mayor precisión las determinaciones abstractas y generales previstas en la ley o en las ordenanzas. Dicho esto, la especificación mediante normas administrativas requiere en todo caso una base legal. En esta base legal, el legislador debe asegurarse de que las autoridades documenten y publiquen de manera comprensible las determinaciones de precisión y uniformidad que regirán en última instancia la aplicación de las disposiciones en el caso particular. el legislador puede exigir a las autoridades administrativas que especifiquen más las determinaciones abstractas y generales establecidas en la ley o en las ordenanzas. Dicho esto, la especificación mediante normas administrativas requiere en todo caso una base legal. En esta base legal, el legislador debe asegurarse de que las autoridades documenten y publiquen de manera comprensible las determinaciones de precisión y uniformidad que regirán en última instancia la aplicación de las disposiciones en el caso particular. el legislador puede exigir a las autoridades administrativas que especifiquen más las determinaciones abstractas y generales establecidas en la ley o en las ordenanzas. Dicho esto, la especificación mediante normas administrativas requiere en todo caso una base legal. En esta base legal, el legislador debe asegurarse de que las autoridades documenten y publiquen de manera comprensible las determinaciones de precisión y uniformidad que regirán en última instancia la aplicación de las disposiciones en el caso particular.

c) Con base en los estándares generales establecidos anteriormente, la gravedad específica de la interferencia de los poderes, en términos generales, para llevar a cabo análisis o interpretación de datos de conformidad con el § 25a (1) primera alternativa de la Ley de Hesse y el § 49 (1) primero alternativa de la Ley de Hamburgo es potencialmente excelente; por lo tanto, el derecho constitucional exige que estas disposiciones satisfagan requisitos previos estrictos para la injerencia. Las facultades en cuestión permiten el tratamiento automatizado de cantidades ilimitadas de datos mediante métodos no circunscritos por la ley. Así, permiten a la policía, con un solo clic, crear perfiles completos de personas, grupos y círculos. También pueden someter a muchas personas que son legalmente inocentes a nuevas medidas policiales, si sus datos se recopilaron en algún contexto y la evaluación automatizada de estos datos lleva a la policía a identificarlos erróneamente como sospechosos. Por lo tanto, se aplica el umbral de un peligro identificable para intereses legales particularmente importantes.

aa) Ambas disposiciones prácticamente no tienen restricciones sobre el tipo y la cantidad de datos que pueden utilizarse para el análisis o la interpretación de datos. No establecen qué tipos de datos y qué registros de datos se pueden utilizar para análisis o interpretación automatizados. En particular, las disposiciones no diferencian entre las personas respecto de las cuales existen motivos razonables para suponer que podrían cometer un hecho delictivo o aquellas que tienen una conexión particular con tales personas, y otras respecto de las cuales no existen tales motivos. Permiten la inclusión en profundidad de los datos de terceros, que en consecuencia pueden ser objeto de investigaciones policiales.

bb) En base a su redacción, las disposiciones permiten además el uso de métodos de análisis e interpretación automatizados de datos de muy amplio alcance. El legislador no limitó los métodos permisibles de análisis e interpretación. Las disposiciones impugnadas también proporcionan la base para la extracción de datos, incluido el uso de sistemas de autoaprendizaje (AI), y permiten búsquedas abiertas. El análisis o la interpretación de los datos se puede realizar con el objetivo de detectar meras anomalías estadísticas, de las que luego se pueden extraer conclusiones adicionales, potencialmente con la ayuda de otras aplicaciones automatizadas. Las disposiciones no imponen ningún límite a los resultados de búsqueda que se pueden obtener. Según su redacción, los resultados de la búsqueda podrían consistir en evaluaciones de máquinas, incluidos pronósticos del peligro potencial de ciertas personas por medio de 'vigilancia predictiva'. Por lo tanto, el análisis o la interpretación de los datos puede generar nueva información que afecte a la personalidad de las personas en cuestión y que, de otro modo, no sería accesible para la policía. Estos nuevos conocimientos potencialmente amplios no van acompañados de reglas con respecto a su uso que podrían reducir la gravedad de la interferencia.

En Hamburgo, el legislador trató de excluir aplicaciones de tan largo alcance utilizando el término 'interpretación de datos' en lugar de 'análisis de datos'. Sin embargo, esto no aclaró, de manera constitucionalmente suficiente, que la aplicación automatizada se limitaría a mostrar coincidencias sobre la base de criterios de búsqueda específicos en lugar de reemplazar el análisis y la evaluación de los datos realizados por la policía.

cc) Las facultades impugnadas tampoco están suficientemente circunscritas por el hecho de que actualmente no se dispone de la tecnología para el análisis ilimitado de datos. Incluso si las características ampliadas solo pueden utilizarse siguiendo futuros desarrollos tecnológicos, los requisitos constitucionales deben, en principio, basarse en las interferencias que son legalmente posibles.

IV. En base a estos estándares, el § 25a(1) primera alternativa de la Ley de Hesse y el § 49(1) primera alternativa de la Ley de Hamburgo no cumplen los requisitos derivados del principio de proporcionalidad en sentido estricto, dado que no contienen umbrales suficientes para la interferencia.

1. En la medida en que las disposiciones impugnadas autoricen el análisis o la interpretación de datos para prevenir los delitos penales enumerados en el artículo 100a, apartado 2, del Código de Procedimiento Penal, los motivos de injerencia son desproporcionadamente amplios a la luz de la gravedad de la injerencia y las disposiciones son por tanto inconstitucionales. El requisito previo adicional de una evaluación caso por caso contenido en ambas disposiciones no contiene especificaciones más detalladas. En la vista oral, se describió un concepto algo más limitado de cómo la policía de Hesse entiende y aplica la evaluación caso por caso: el análisis de datos siempre está vinculado a un acto delictivo que ya se ha cometido o, como mínimo, a la sospecha de que se ha cometido un acto delictivo. A continuación, se elabora un pronóstico para el futuro sobre esta base.

A pesar del diseño detallado de esta práctica policial en Hesse, los requisitos constitucionales no se cumplen porque este concepto, desde el principio, no tiene como objetivo al menos un peligro identificable y los datos adecuados para evitarlo. Esto es necesario dada la redacción amplia de los poderes contenidos en el § 25a(1) primera alternativa de la Ley de Hesse y el § 49(1) primera alternativa de la Ley de Hamburgo.

Además, las disposiciones impugnadas no establecen un umbral suficiente dado que el catálogo de infracciones del § 100a.2 del Código de Procedimiento Penal también contiene meras amenazas en forma de actos delictivos preparatorios. De conformidad con el derecho constitucional, el legislador no está impedido de vincular los requisitos previos para la injerencia a un peligro de que se cometan actos preparatorios. Sin embargo, el legislador debe entonces asegurarse de que, en cada situación individual, exista realmente el peligro específico requerido o el peligro identificable para los bienes jurídicos protegidos por los delitos mencionados. Tales salvaguardias no existen en este caso.

2. De acuerdo con las definiciones legales, la prevención de actos delictivos en el sentido del § 25a(1) primera alternativa de la Ley de Hesse y el § 49(1) primera alternativa de la Ley de Hamburgo no solo abarca la disuasión del delito, sino también medidas preliminares para el enjuiciamiento de futuros delitos. En virtud de estas disposiciones, los datos policiales se utilizarán mediante análisis de datos automatizados a fin de obtener información para futuros trabajos de inteligencia e investigaciones policiales. De esto no se puede inferir que se requiera un peligro específico o un peligro identificable para que dicho análisis automatizado sea permisible. Por lo tanto, también en este sentido, los motivos de injerencia no están restringidos de ninguna manera.

C. § 25a(1) primera alternativa de la Ley de Seguridad y Orden Público de Hesse continúa aplicándose hasta que se hayan promulgado nuevas disposiciones, pero en cualquier caso no más allá del 30 de septiembre de 2023. Dada la importancia que el legislador puede otorgar a los poderes en cuestión para el ejercicio de funciones estatales y para el trabajo policial en Hesse, es preferible una aplicación temporal de la disposición a una declaración de nulidad.

Sin embargo, para ordenar la continuidad de la vigencia de la disposición, es necesario imponer ciertas restricciones para proteger los derechos fundamentales afectados. Estos, sin embargo, no predeterminan las nuevas disposiciones a ser promulgadas por el legislador. Según el concepto utilizado por la policía de Hesse, los agentes de policía de Hesse solo pueden hacer uso de la facultad contenida en el § 25a (1) primera alternativa de la Ley de Hesse con sujeción a las siguientes condiciones: hechos suficientemente específicos deben dar lugar a la sospecha que se ha cometido una infracción penal particularmente grave en el sentido del § 100b(2) del Código de Procedimiento Penal y se espera, dadas las circunstancias particulares de la sospecha en el caso individual,Tierra. Además , la existencia de estos requisitos y la idoneidad específica de los datos utilizados para prevenir la infracción penal esperada deben confirmarse en una explicación por escrito en cada caso individual; también debe garantizarse que no se utilice información que se haya obtenido a través de la vigilancia de domicilios particulares, búsquedas remotas, vigilancia de telecomunicaciones, recuperación de datos de tráfico, observaciones a más largo plazo, el uso de investigadores encubiertos o informantes confidenciales o mediante interferencias igualmente graves con la derecho a la autodeterminación informativa.

§ 49 (1) primera alternativa de la Ley de Hamburgo sobre el procesamiento de datos por parte de la policía es nulo. No hay circunstancias determinables que harían necesaria una orden temporal de aplicación continua y podrían justificar dicha orden.




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