Madrid, 17 nov (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado las indemnizaciones que los padres de Nadia, condenados a 5 y a 3 años y medio de prisión, deberán abonar a 65 perjudicados y que suman 62.284 euros, de los más de 400.000 en los que se evaluó la estafa para lucrarse con los donativos para supuestamente curar a su hija.
La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia que rechaza los recursos de los padres, quienes deberán ahora afrontar los pagos en concepto de responsabilidad civil.
La Audiencia Provincial de Lleida condenó a los progenitores a 5 y a 3 años y medio de prisión por aprovechar la enfermedad rara de su hija para enriquecerse con los donativos recibidos y estableció la responsabilidad civil que debían pagar conjunta y solidariamente a los perjudicados.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) confirmó la condena a los padres de Nadia, aunque anuló las indemnizaciones previstas inicialmente -que se limitaban a un grupo inversor y a dos particulares- por "falta de concreción", por lo que ordenó a la Audiencia de Lleida que redactara otra resolución individualizando a todos los perjudicados a los que había que indemnizar.
Así, la Audiencia de Lleida dictó una nueva sentencia en la que cita que los padres de Nadia deberán abonar el dinero a todas aquellas personas que en su momento pudieron acreditar los ingresos que habían efectuado con el fin de recaudar fondos para la asociación creada para curar a la niña.
La Audiencia lo hizo en agosto de 2019, incorporando un listado con unas sesenta personas y entidades que debían ser indemnizadas, con cantidades que oscilaban entre los 13.000 y los 20 euros. Los padres de Nadia recurrieron esta nueva resolución, que validó el TSJC y ahora también el Supremo.
Los progenitores salieron en varias programas de televisión entre 2010 y 2016 pidiendo ayuda para su hija y para investigar la enfermedad rara que sufría la niña, advirtiendo falsamente de que se enfrentaba a un "riesgo inminente" de muerte.
Para ello, constituyeron la Asociación N.N. para la tricotiodistrofia y enfermedades raras de Baleares -su hija nació en Palma de Mallorca-, que tenía como objeto social recaudar fondos para la investigación y ayudar a familias con niños que tuvieran este problema.
Sin embargo "en realidad la finalidad era obtener el enriquecimiento personal de los acusados". Llegaron a recibir 402.000 euros. El padre figuraba en los estatutos de la asociación como presidente y la madre como tesorera.
La sentencia destaca que Fernando Blanco llegó a afirmar "falsamente" que padecía un cáncer de páncreas y que la menor corría un "riesgo inminente de fallecer", motivo por el cual precisaba una operación urgente en Houston (Texas, EE.UU.), lo cual, según la resolución, "tampoco era cierto".
El tribunal, no obstante, consideró probado que Nadia sufre tricotiodistrofia, una enfermedad catalogada como rara que provoca alteraciones cutáneas, oftalmológicas y trastorno del desarrollo y del lenguaje en un contexto de inteligencia límite, aunque "sin riesgo vital inminente para la misma".
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