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  • El acusado, de nacionalidad rumana, se presentó como socio y representante en España de una empresa especializada en construcciones prefabricadas.

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado una condena de 2 años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial a un acusado que estafó un total de 163.395 euros a un matrimonio en la construcción de unos apartamentos en la provincia de León.

En la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, la Sala de lo Civil y Penal del TSJN acepta y da por reproducidos los hechos declarados probados por la Sección Segunda de la Audiencia en su sentencia de junio de 2021.

En 2015, un matrimonio decidió llevar a cabo la construcción y explotación de unos apartamentos turísticos en la localidad leonesa de Valencia de Don Juan, en una finca propiedad de la mujer.

Tras buscar diversos constructores, por mediación de un familiar, contactaron con el procesado, G. B., de nacionalidad rumana. Éste se presentó como socio y representante en España de una empresa especializada en construcciones prefabricadas.

El matrimonio, previamente a encargarle la referida construcción de los apartamentos, para asegurarse de la solvencia del inculpado, viajó a Rumanía en septiembre de 2015 y marzo de 2016 para conocer su empresa.

Allí, el encausado les mostró la empresa, el aserradero, fábricas de materiales y algunas construcciones acabadas y en obras. 

Entre el primer y el segundo viaje, el acusado vino a España y se reunió con los arquitectos autores de proyecto para los futuros apartamentos turísticos.

Convencidos de la capacidad del procesado para llevar a cabo la construcción, y vista la garantía que para el matrimonio suponía que fuera socio de la citada empresa, constituyeron una sociedad limitada y firmaron un contrato de ejecución de obra con suministro de materiales y equipamiento con un precio cerrado de 274.000 euros.

El pago se fijó de la siguiente manera: 20% a la firma del contrato; 10% con la llegada del material; 60% durante las obras, tras las correspondientes certificaciones; y el 10% restante a la recepción de la obra.

Según consta en la sentencia, el encausado, “que en ningún momento tuvo intención alguna de ejecutar la obra sobre los apartamentos y que actuó movido por un ánimo de lucro”, fue recibiendo diversas cantidades, hasta un total de 160.395 euros.

El inculpado ni era dueño de la citada empresa, ni de empresa alguna de construcciones, ni de aserradero alguno. Asimismo, ni compró materiales ni inició la obra.

Por estos hechos, la Sección Segunda de la Audiencia le impuso dos años de prisión y una multa de 1.440 euros por un delito de estafa agravada y, en concepto de indemnización, le condenó a reintegrar la cantidad defrauda a la sociedad limitada creada con el propósito de construir los apartamentos.




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