Después de 22 años de ejercicio como abogado penalista no me canso de repetir, en todas las entrevistas y artículos que realizo para distintos medios de comunicación, la sobresaliente importancia que tiene el abogado para detenidos en comisaría. Es muy habitual, desgraciadamente, que le demos procedimientos penales en dónde, por desidia, desconocimiento o por propias indicaciones de los funcionarios, se insta o se aconseja o se invita acogerse al derecho a no prestar declaración en la comisaría para posteriormente hacerlo en el juzgado de guardia.
No queremos con esta afirmación querer hacer una ley, consistente en que todos los detenidos tengan que declarar en comisaría, pero si es cierto, que muchos delitos, es esencial, la declaración en comisaría, para de alguna manera restar la credibilidad a la parte denunciante.
Visto desde otro punto de vista en determinados delitos que ahora comentaremos, el hecho de que el detenido se acoge a su derecho a no prestar declaración en comisaría, sin ser así, pero siéndolo se le está concediendo a la parte denunciante, una presunción de credibilidad respecto de los hechos denunciados que puede provocar, y en ocasiones provoca, la toma de una medida cautelar en el juzgado de instrucción de una enorme gravedad, amparada, en no haber declarado en la propia comisaría.
Pongamos dos ejemplos de dos delitos cuya no declaración en comisaría, y en ocasiones tampoco en el juzgado de guardia, suman credibilidad a la parte denunciante respecto de los hechos denunciados. El primero de los delitos, podríamos elegir el delito de violencia de género en donde el denunciado si no presta declaración en comisaría y en el juzgado de guardia no solo está aumentando la credibilidad de la parte denunciante, sino que se está arriesgando a una medida cautelar de alta gravedad, como puede ser la prisión provisional o que se le imponga una pulsera con localizador.
El segundo de los delitos que podemos poner como ejemplo, en donde no prestar declaración en comisaría, he incluso tampoco hacerlo en el juzgado de guardia, es el delito de lesiones como consecuencia de una pelea típica de fin de semana o incluso un delito de riña, tumultuaria.
La parte denunciada que se acoge a su derecho a no prestar declaración, lógicamente, no están metiendo los hechos, pero si ha sido identificado perfectamente por la víctima como causante de las lesiones como consecuencia de una pelea o agresión física el decidir tomar este camino procesal no es lo más aconsejable.
Por todas estas circunstancias, es por lo que entendemos que un abogado 24 horas de penal es esencial desde el mismo momento de la detención.
El primer término para que se defiendan los derechos del detenido y en segundo lugar para que sea el abogado para detenidos en comisaría el que decida cuál es la mejor estrategia de defensa desde el minuto cero, pues en muchas ocasiones cuando le damos pleitos que la asistencia en comisaría la hecho un abogado y probablemente la asistencia en el juzgado de guardia lo ha hecho otro, nos encontramos con un expediente en donde ya se han tomado una serie de decisiones que puede que no beneficien a Cliente.
Ahora decir que hay muchos casos, cuando se le da un pleito, ya con posterioridad al paso por comisaría, incluso paso por el juzgado de guardia, el mismo puede estar ya viciado, pues las tomas de declaración efectuadas no hayan sido todo lo acertadas que debieran haber sido para diseñar la mejor estrategia de defensa penal para el cliente. Es por lo anterior por lo que es esencial contar con un abogado penalista de confianza desde el primer momento.