Madrid, 19 jul (EFE).- La ley orgánica de garantía integral de la libertad sexual, que será aprobada de forma definitiva previsiblemente este martes en el Senado, acaba con la distinción entre abuso y agresión sexual y regula la necesidad de consentimiento expreso en las relaciones sexuales.
Más de cuatro años después de la polémica sentencia de La Manada, que consideró abuso sexual la violación grupal de una joven en los Sanfermines de 2016 y desató una ola de manifestaciones feministas, la norma que llega a la Cámara Alta garantiza la atención integral a las víctimas, pero deja fuera los artículos que buscaban acabar con el proxenetismo.
Estos son ejes de la futura ley:
JUSTICIA Y CÓDIGO PENAL
- Se elimina la distinción entre abuso y agresión sexual y todo acto sexual sin el consentimiento de la otra persona será una agresión, castigada con pena de prisión de 1 a 4 años.
- Sólo se entenderá que hay consentimiento "cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona".
- La violación será la agresión sexual con penetración, castigada con pena de prisión de cuatro a doce años.
- La pena máxima será de quince años en el caso de la violación y de ocho en el de la agresión sexual sin penetración cuando concurra alguna agravante, como la agresión en grupo, la violencia extrema o la especial vulnerabilidad de la víctima.
- Se introduce de forma expresa como agravante el que se anule la voluntad de la víctima con fármacos o drogas (sumisión química) y que entre la víctima y el agresor haya existido o exista una relación de pareja.
- Se penaliza el acoso callejero, entendido como comportamientos o proposiciones de carácter sexual que generen a la víctima una situación humillante, hostil o intimidatoria.
- Se penaliza también con multa el reenvío de imágenes de terceros que hayan sido grabadas sin autorización de la persona afectada y que menoscaben gravemente la intimidad.
- Refuerzo de las unidades de valoración forense integral para ocuparse de los casos de violencias sexuales contra las mujeres y los niños.
ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS
- Derecho a la asistencia integral especializada y accesible, desde atención médica y psicológica, a la cobertura de las necesidades económicas, laborales y de vivienda, a la asistencia jurídica y a una indemnización.
- Se promueve la creación de "centros de crisis" 24 horas para la atención interdisciplinar a las víctimas y de "casas de niños", lugares adaptados para acoger a los menores víctimas de violencia sexual en los que se realizarán todas las diligencias necesarias.
- No se incoará expediente sancionador a las mujeres extranjeras en situación irregular víctimas de violencia sexual que presenten denuncia, como ocurre con las víctimas de la violencia de género.
SENSIBILIZACIÓN, FORMACIÓN Y DATOS
- Medidas de prevención y sensibilización contra las violencias sexuales en todos los ámbitos, junto a protocolos y formación para detectar y abordar posibles casos en el ámbito educativo, sanitario, sociosanitario, las fuerzas y cuerpos de seguridad, la administración de justicia y las prisiones.
- Mejora del sistema de recogida de datos y realización de estudios e investigaciones pobre las causas de la violencia sexual y su extensión.
- Campañas de concienciación para desincentivar la demanda de prostitución y pornografía que naturaliza la violencia sexual
- Será ilícita la publicidad que utilice estereotipos de género, que normalice la violencia sexuales contra mujeres y menores y la que promocione la prostitución.
VIOLECIA DE GÉNERO
- Aprobación de una estrategia estatal contra las violencia machistas.
- Garantía de financiación de las medidas incluidas en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género a través de los presupuestos del Estado.
- Las víctimas de la violencia vicaria tendrán derecho a las ayudas estipuladas para las víctimas de la violencia de género.
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