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Un jubilado, que trabajó como autónomo y representado por Unive Abogados, ha logrado una importante victoria en su lucha por el reconocimiento del complemento por maternidad, de acuerdo con el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). El Juzgado de lo Social nº37 ha confirmado su derecho a recibir este complemento en su pensión desde el 1 de febrero de 2016, fecha de su jubilación.

A pesar de la oposición del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que argumentaba que el derecho había prescrito debido al transcurso de más de 5 años, el tribunal ha reiterado que el complemento es imprescriptible, según lo establecido en el artículo 212 de la LGSS, respaldando una reciente sentencia del TSJ Madrid. Como resultado, el cliente recuperará aproximadamente 6.468,30€ por retroactividad total, a pesar de su modesta pensión, calculada desde la fecha de su jubilación hasta la fecha establecida por la sentencia de instancia. Esto conlleva un aumento vitalicio del 5% en su pensión.

Tara Davari, directora de Unive Abogados Madrid, resaltó que "esta decisión judicial refuerza la posición previamente adoptada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid". Además, hizo hincapié en que "en el contexto actual, solo aquellos que presenten reclamaciones pueden tener expectativas de acceder a este complemento, puesto que el INSS sigue denegándolo".

Es fundamental tener en cuenta que, para solicitar el reconocimiento del complemento por maternidad en el contexto de las pensiones contributivas de jubilación ordinaria, jubilación anticipada forzosa, viudedad o incapacidad permanente, es necesario haber comenzado a recibir la prestación entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, además de ser padres de dos o más hijos. Además, es relevante señalar que para los hombres que comienzan a recibir una pensión contributiva a partir de febrero de 2021, podría haber una posible infracción de la normativa europea, ya que esta disposición dificulta injustificadamente el acceso al complemento para todos los hombres a partir del 4 de febrero de 2021, independientemente de si son padres de uno o más hijos.




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