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Un cliente de Unive Abogados, residente en San Sebastián y jubilado, ha logrado una victoria importante al reclamar con éxito el derecho al complemento de maternidad. Este derecho, amparado por el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), ha sido finalmente reconocido por la Sala de lo Social nº3 de San Sebastián, que ha confirmado de manera definitiva el derecho a recibir retroactivamente dicho complemento en la pensión desde su inicio el 2 de abril de 2017.

El camino hacia esta victoria no estuvo exento de obstáculos. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) inicialmente negó el complemento, invocando argumentos de prescripción. Además, el INSS días antes del juicio, concedió al jubilado el complemento a fin de evitar cualquier tipo de indemnización. El tribunal, sin embargo, señala que el actor estuvo obligado en todo momento a acudir a vía judicial al haberse negado su derecho y es por ello que concede la indemnización de 1.800 € según los criterios del Tribunal Supremo.

El importe total que recibirá el cliente asciende a aproximadamente a más de 15.000€, incluyendo la retroactividad total calculada desde el acceso a la pensión hasta la fecha de efectos de la sentencia, y la indemnización por discriminación. Esta victoria también implica una revalorización vitalicia del 10% en su pensión, ya que tiene tres hijos.

Diego Cossío, letrado de Unive Abogados Bilbao y encargado del caso, ha ofrecido su perspectiva sobre esta sentencia trascendental, destacándola como una oportunidad significativa para aquellos que buscan hacer valer los derechos de los pensionistas. Cossío enfatizó que, en la actualidad, solo aquellos que se atreven a presentar reclamaciones tienen verdaderas oportunidades de obtener tanto el complemento como una compensación por discriminación. Este caso subraya la importancia crucial del asesoramiento profesional para garantizar el éxito en estas reclamaciones.

Es fundamental destacar que la posibilidad de reclamar el complemento por maternidad está abierta a quienes cumplan con los requisitos establecidos, incluyendo haber accedido a la pensión entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, y ser padres de dos o más hijos. Además, desde febrero de 2021, la normativa vigente podría estar infringiendo la legislación europea al dificultar injustificadamente el acceso al complemento para todos los hombres, independientemente de si son padres de uno o más hijos, abriendo así la puerta a nuevas reclamaciones.




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