La sección civil de la Audiencia de Girona ha resuelto una demanda de un particular contra su aseguradora por discrepar sobre la cobertura de su seguro durante la pandemia. La demandante, propietaria de una pizzería, alegaba que, al tener el negocio paralizado durante más de 30 días, reclamaba ser indemnizada por la aseguradora a razón de 200 euros al día, pues en su contrato tenía concertado un apartado especial por “paralización de actividad” que ascendida a esta cantidad durante el periodo de un mes sin franquicia.
La resolución, adoptada por un magistrado porque la reclamación es inferior a 6.000 euros y, por tanto, no se somete a deliberación de la sala, no admite recurso de casación y es firme.
La sentencia da la razón al demandante y establece una indemnización por los perjuicios ocasionados por la falta de cobertura de la compañía aseguradora.
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