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Antes |
Después |
Índice aumento de renta |
IPC como índice para el aumento de la renta de alquiler anual. |
Este año se ha limitado al 2% y el año que viene se establecerá una nueva limitación del 3%. |
Zona Tensionada |
No existía una ley estatal que marcara qué es y cómo aplicar una zona tensionada. |
Se define “zona tensionada”. Las Comunidades Autónomas y los ayuntamientos las establecerán. |
Gastos y honorarios inmobiliarios |
Si el propietario es persona física, puede asumirlos el inquilino. Si es persona jurídica, los asume el propietario. |
Correrán siempre a cargo del arrendador.
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Grandes tenedores |
Los que tienen más de 10 viviendas o una superficie útil superior a 1500 m2. |
Los que tienen 5 o más inmuebles en área tensionada, sean personas físicas o jurídicas. |
Bonificaciones alquiler |
Reducción general del 60% en los rendimientos netos de los contratos de alquiler de vivienda. |
90% de reducción si se rebaja el precio del alquiler al menos el 5% con respecto al contrato anterior en zonas tensionadas.
70% si se alquila el piso a jóvenes de entre 18 y 35 años o si cede la vivienda a programas de alquiler social.
60% si la vivienda se ha rehabilitado en los últimos 3 años.
50% en cualquier otro caso. |
Acuerdos entre las partes |
Los contratos se someten a lo que establece la Ley. |
No hay ningún cambio. |
Desahucios |
La fecha y hora del lanzamiento se establece en el documento de admisión a trámite de la demanda. |
Siempre se deberá incluir el día y la hora exacta del desahucio. |
Inquilinos vulnerables |
No existe obligación de conciliación entre el gran tenedor y el inquilino para que se llegue a un acuerdo de alquiler social o una ampliación del plazo de permanencia en la vivienda. |
Para grandes tenedores, no se admitirá la demanda si no se ha sometido a conciliación. De no llegar a acuerdo, los servicios sociales buscarán otro tipo de soluciones y el juez podrá alargar los plazos. |
Pisos vacíos |
Los ayuntamientos pueden exigir un recargo de hasta el 50% del IBI de los inmuebles desocupados. |
Para propietarios de 4 o más viviendas: penalización en el IBI de hasta el 50% para viviendas que lleven más de 2 años desocupadas y del 100% para más de 3 años. |
Gastos extras |
Se puede pactar que sean a cargo del arrendatario. |
Para los nuevos contratos con el mismo inquilino, no se puede repercutir los gastos si en el contrato anterior no se hizo. |