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Madrid, 3 abr (EFECOM).- Un juzgado de Barcelona ha dado la razón al BBVA frente a un cliente al que sustrajeron cerca de 2.000 euros mediante el procedimiento de "phising" o suplantación de identidad, al entender que el usuario dio su consentimiento y no siguió la mecánica habitual en este tipo de compras.

En una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, el juzgado de primera instancia nº 53 de Barcelona desestima una demanda contra el BBVA de un cliente al que habían detraído de su cuenta corriente 1.980 euros sin su autorización.

La sentencia considera probado que el demandante sufrió una estafa de terceros, que se habrían hecho pasar por un empleado del BBVA, para conseguir que confirmara dos compras fraudulentas con un código enviado por SMS a su teléfono.

Pero constata también que el banco no es responsable de que el sistema operativo del teléfono del demandante identifique una llamada como remitida por la entidad cuando procede de un tercero.

Además, el banco ha demostrado que en dos compras efectuadas con la tarjeta de crédito del demandante envió aviso de las mismas y solicitó en dos ocasiones la confirmación del pago, algo que ha corroborado el demandante.

Si el cliente autorizó la compra recurrida pese a no haber recibido la solicitud de confirmación por parte del banco, señala la sentencia, debe asumir las consecuencias.

Y no cabe considerar que hubo incumplimiento del contrato por parte del BBVA, destaca el fallo.

La asociación de consumidores Asufín critica que el consumidor queda "a los pies de los caballos" en materia de ciberdelitos financieros, cada vez más frecuentes.

Son numerosas las sentencias que llegan a la asociación, añade Asufin en una nota, que demuestran que el sistema judicial no está dando una respuesta adecuada a un entramado de vacíos de seguridad que perjudican, fundamentalmente, al usuario de banca, por la sustracción de fondos que le origina.




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