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Con el fin del año 2021 también llegará el adiós al London InterBank Offered Rate -LIBOR- índice al que estaban referenciadas numerosas hipotecas en nuestro país, principalmente aquellas firmadas con el “boom inmobiliario” y el auge de las conocidas como “hipotecas multidivisa”

Para los que no conozcan el Libor, podría decirse que es como el Euríbor pero en este caso para calcularse utiliza como base los tipos de cambios británicos. Para  conocer el dato diario del Libor, el interesado puede entrar en la página web del Banco de España, donde se publica la información a diario. 

Pues bien, pese a que en España un gran porcentaje de préstamos hipotecarios está referenciado al Euríbor, muchos otros, como ya decíamos, lo están al Libor, que desaparece el próximo 31 de diciembre de 2021. 

¿Qué pasará con las hipotecas referenciadas al Libor?

Los hipotecados con préstamos multidivisa están a la espera de conocer qué alternativa les ofrece su entidad financiera para continuar con el pago de su hipoteca. 

Las principales autoridades económico-bancarias de Europa fijaron como fecha tope el 31 de diciembre de 2021 para dejar de utilizar cualquiera de los 35 índices de referencia del Libor e incluir cláusulas de respaldo que determinen los sustitutos del Libor. Y en eso están los afectados por hipotecas multidivisa, esperando a conocer en muchos casos cuál será el índice que sustituya al Libor. 

En febrero de este año, la Unión Europea aprobó el Reglamento 2021/168 de 10 de febrero de 2021 con el que pretende que con el que se establece que la Comisión Europea debía crear un índice que sustituyese a esta tasa. Este organismo creó el “€STR”. 

Uno de los mayores peligros para el hipotecado de la sustitución del Libor por el “€STR” es el desconocimiento de este índice, debido principalmente a la poca información de la que dispone y el conocimiento financiero con el que pueda contar el hipotecado. 

En reclamador.es creemos que si las entidades financieras optan por la sustitución de uno por otro índice, el hipotecado estará en clara indefensión. En este caso, la mejor opción para el prestatario es sustituir el Libor por el Euríbor, índice mayoritario utilizado en España y que puede ser más conocido o disponer de más información por parte del hipotecado.

 

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