Carpeta de justicia

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Santander, 27 mar (EFE).- La Audiencia de Cantabria ha confirmado una condena de seis meses de prisión y 2.500 euros de multa a una mujer que recibió en su cuenta bancaria 1.800 euros, que fueron extraídos por terceras personas de la cuenta de otra mujer.

En una sentencia dada a conocer por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), la Audiencia confirma la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Santander, que consideró a la mujer autora de un delito de blanqueo de capitales imprudente.

La mujer prestó sus datos y claves a una tercera o terceras personas que no se han podido identificar, que mediante el método de fraude conocido como "phishing", hicieron dos transferencias a su favor de 900 euros provenientes de la cuenta de otra persona.

Para la Audiencia, la mujer, que recurrió la sentencia, dio en el juicio una "explicación insatisfactoria", ya que reconoció ese comportamiento aunque dijo no saber que las transferencias eran fraudulentas.

"El denominado 'phishing' y el servirse de terceros para conseguir culminar las transferencias fraudulentas por vía internet es actualmente una actuación generalmente conocida y es difícil que prospere una alegación de ignorancia de esta clase de comportamientos", considera el tribunal.

La Sala concluye que al haber dado a esas terceras personas el control de su cuenta "de manera voluntaria y consciente", la condenada "está permitiendo" que "desarrolle una operación delictiva" en la que es "intermediaria necesaria".

"Quien realiza una operación de esta clase no puede ignorar –de ahí la gravedad de la imprudencia- que está contribuyendo a que otros culminen su propósito criminal", señala la sentencia.

El banco ya indemnizó a la propietaria de la cuenta de la que salió el dinero y luego reclamó ante los tribunales una indemnización de 1.800 euros.

El juzgado de instancia primero y ahora la Audiencia confirman esta petición, por lo que la acusada deberá abonar 1.800 euros a la entidad bancaria en concepto de responsabilidad civil.

La sentencia de la Audiencia de Cantabria no es firme pues contra la misma cabe la interposición de un recurso de casación que resolvería el Tribunal Supremo. 




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