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Un cliente de Unive Abogados ha obtenido un resultado favorable en segunda instancia ante la Audiencia Provincial de Murcia en un caso donde se reclamaba la nulidad de las cláusulas de gastos y de comisión de apertura insertas en su préstamo hipotecario. La sentencia de primera instancia ya había declarado la nulidad de dichas cláusulas por considerarlas abusivas, pero la entidad bancaria interpuso recurso de apelación alegando la transparencia y validez de la comisión de apertura.

La Audiencia Provincial de Murcia, en segunda instancia, ha desestimado el recurso de apelación confirmando la abusividad y consecuente nulidad de la comisión de apertura, declarándola abusiva y nula por el mero hecho de aparecer en la escritura, sin ningún tipo de limitación. Además, la Audiencia considera que no existe un principio de prueba en orden al coste relacionado con el estudio y concesión del préstamo de crédito hipotecario y la efectiva prestación y ejecución de dichos servicios, como tampoco existe prueba de que la comisión cobrada fuera proporcionada en relación con el importe del préstamo. Es relevante que no consta que se hubiera entregado un ejemplar de las tarifas de comisiones ni anticipado el proyecto de la escritura antes del otorgamiento para que los actores pudieran comparar el importe de las comisiones cobradas por otras entidades. Con este pronunciamiento, la Audiencia Provincial de Murcia se une a otras tantas de nuestro país que han ratificado el carácter abusivo de dicha comisión.

Este fallo sienta un valioso precedente para la defensa de los derechos de los consumidores y demuestra la firme postura de Unive Abogados en la lucha contra las cláusulas abusivas en préstamos hipotecarios, reafirmando su compromiso de proteger a los consumidores y prevenir abusos similares en el futuro.




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