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  • La Audiencia coincide con el criterio del Tribunal Supremo y declara nulo el contrato  de una tarjeta revolving firmado el 18 de septiembre del 2015 con BancoPopular, actualmente Wizink, con un interés TAE del 27,24 %
  • Al afectado aún le reclamaban alrededor de 5.000 euros en el momento de ponerse en contacto con el bufete. Ahora esta deuda queda saldada al eliminarse todos los intereses generados.

“Ahorra combustible y acumula puntos y descuentos”. Así le comercializaron a M.F.S. la tarjeta Visa Cepsa de Wizink en una gasolinera de Vitoria en 2015. Como usaba habitualmente el coche, no dudó y la contrató sin pensarlo ante las numerosas ventajas que le ofrecían. Lo que no sabía y nadie le explicó era que, detrás de esa tarjeta, se escondía una de las famosas tarjetas revolving.

Tras 5 años intentando amortizar la deuda, se dio cuenta de que ésta no bajaba y que lo abonado en todo ese tiempo solo se correspondía con los intereses aplicados. El afectado investigó por Internet, vio cómo a miles de personas les estaba sucediendo lo mismo, y decidió denunciar a Wizink, anteriormente Bancopopular-e.

El 11 de noviembre de 2018, el afectado se puso en manos del bufete Reclama Por Mí, que presentó una demanda por usura. Un primer proceso en el que el Juzgado de 1ª Instancia Nº 2 de Bilbao decidió absolver a la demandada. Sin embargo, el bufete analizó en profundidad la viabilidad del caso y apeló dicha sentencia a la Audiencia Provincial para conseguir un nuevo fallo donde considera que el contrato de Wizink es usurario: 112/2020 de la Sección Nº 3 de la Audiencia Provincial de Bizkaia.

Concretamente, el pasado 16 de abril de 2020, la Audiencia Provincial revocaba la decisión 203/2019 dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Nº2 y, en su sentencia 112/2020 de la Sección Nº 3, declaraba nulo el interés remuneratorio fijado en el contrato de tarjeta de crédito Visa Cepsa, firmado el 18 de septiembre del 2015, que se situaba en un 27,24 % TAE. Además, la audiencia condenaba a la entidad Wizink Bank a pagar todas las cantidades abonadas de más  durante la vida del contrato bajo la aplicación de dicho interés declarado nulo.

Según informan desde Reclama Por Mí, al afectado aún le reclamaban alrededor de 5.000 euros en el momento de ponerse en contacto con el bufete. Ahora esta deuda queda saldada al eliminarse todos los intereses generados.

Este dato refleja los elevados intereses de la tarjeta, hasta el punto de convertir al afectado en un deudor “cautivo”. Según las estimaciones realizadas por el despacho de abogados a través de su calculadora de tarjetas revolving o microcréditos, esta deuda podría haber sobrepasado incluso los 10 años de duración y el afectado hubiera conllevado pagar unos 10.000 euros de más a futuro si no se hubiera iniciado la reclamación de los intereses del crédito.

“Lo más importante que debemos entender tras conocer esta sentencia es que, a pesar de que ciertos juzgados se mostraban escépticos, la Audiencia Provincial coincide con la Sentencia del Tribunal Supremo: los intereses de esta clase de tarjetas revolving son usurarios y se pueden reclamar”, destaca Cristina Gonzalez Piñeiro, Directora Jurídica de Reclama Por Mí. 

Por otro lado, apunta que este tipo de condiciones financieras de crédito no solo están presentes en los productos de Wizink, sino también en otras tarjetas y líneas de crédito revolving de entidades como Cofidis, BBVA, Bankinter, Santander, Sabadell y Caixabank, donde el tipo de interés aplicado habitualmente ha sido superior al 20%.

Ante esta situación, desde www.reclamapormi.com animan a los consumidores afectados  a calcular de forma aproximada lo que suponen los intereses elevados de este tipo de préstamos a través de su calculadora de tarjetas revolving o microcréditos.

Además, aconsejan que, en el caso de que la entidad se ponga en contacto con ellos para ofrecerles alguna rebaja o algún acuerdo que tilde de beneficioso, lo consulten previamente con un abogado experto. Y es que, muchos afectados afirman que están recibiendo llamadas de las propias entidades ofreciéndoles rebajar el tipo de interés y devolviéndoles las cantidades correspondientes con la condición de renunciar a futuras reclamaciones.

Desde la plataforma, recuerdan que, aunque la entidad ofrezca una rebaja del tipo de interés, éste sigue siendo considerablemente elevado, mientras que si se declarase nulo, el crédito se recalcularía a interés 0% y se recuperarían las cantidades que excedan el capital prestado. Algo a lo que el afectado renunciaría si aceptase el acuerdo propuesto por la entidad.




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