Madrid, 9 may (EFECOM).- Un juzgado de Barcelona ha rechazado una demanda por gastos hipotecarios indebidamente cobrados al entender que el cliente, al que ha condenado además al pago de las costas, debería haber reclamado el reembolso de dichas cantidades.
En una sentencia fechada el pasado mes de enero a la que ha tenido acceso Efe, el juzgado de primera instancia rechaza la demanda de una clienta que pedía que se anulara la clausula de gastos incluida en un contrato de préstamo con CaixaBank.
En la sentencia, el juzgado señala que "no se comprende exactamente por qué se ejercita una acción de nulidad sin restitución de cantidades y sin apuntar la existencia de interés legítimo, principalmente económico salvo las correspondientes costas generadas por el mismo procedimiento" en caso de posible condena.
Es decir, afea a la clienta que acuda al juez nada mas que para que se le abonen los gastos del juicio. sin que concurra "una trascendencia o efecto práctico, que consistiría en la correspondiente restitución pecuniaria".
Ello supondría, añade la sentencia, "una actuación totalmente abusiva y desproporcionada que no merece amparo judicial".
El ejercicio de una acción de carácter declarativo, como sucede en este caso, en el que se pretende la declaración de nulidad de una condición general de la contratación, "requiere y exige la presencia de interés legítimo por parte de la actora, que ni se alega ni puede inferirse de forma justificada", prosigue el juzgado.
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