lawandtrends canal de whatsapp

LawAndTrends



  • Tal y como refleja la sentencia, se considera acreditado que el 11 de octubre de 2018 Gaspar O. ‘acabó con la vida de su esposa propinando a ésta con un elemento contundente, supuestamente un martillo, un fuerte golpe en la parte posterior de la cabeza"

La Sección 27ª de la Audiencia Provincial de Madrid, órgano especializado en asuntos de Violencia Sobre la Mujer, ha condenado a Gaspar O. C. como autor responsable de un delito de asesinato cualificado por alevosía y con la concurrencia de la circunstancia agravante de parentesco a la pena de 22 años, seis meses y un día de prisión por haber matado a su esposa en octubre de 2018 en su domicilio de la localidad de Arganda del Rey. Se recuerda que un Tribunal del Jurado emitió el pasado 10 de julio un veredicto de culpabilidad contra el ahora condenado tras la conclusión de la vista oral celebrada en la Audiencia madrileña.

Tal y como refleja la sentencia, se considera acreditado que el 11 de octubre de 2018 Gaspar O. ‘acabó con la vida de su esposa propinando a ésta con un elemento contundente, supuestamente un martillo, un fuerte golpe en la parte posterior de la cabeza, lo que hizo que Mª José comenzase a sangrar, cayendo al suelo boca abajo y perdiendo el conocimiento, procediendo el acusado, para asegurar su propósito, a atarle las piernas a la altura de los tobillos y las muñecas con una cuerda de tender y a taparle la cabeza con una bolsa de basura, atándosela al cuello con cinta adhesiva, ocasionándole la muerte por asfixia mecánica por compresión extrínseca de las vías respiratorias.

Después, -continúa el relato de los hechos probados de la resolución- el acusado introdujo el cuerpo de la víctima en su vehículo, trasladándolo hasta su pueblo natal, Montoro (Córdoba), donde lo arrojó al pantano “El Arenoso”, en el paraje denominado “La loma del barco”, tras introducir una piedra de unos 5 kilos entre la ropa y el hombro derecho de la perjudicada. El 19 de octubre se encontró el cadáver de Mª José en el pantano”, se concluye.

Para impugnar esta resolución puede formularse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de lo Penal del TSJ de Madrid.




No hay comentarios.


Hacer un comentario

He leido y acepto los términos legales y la política de privacidad