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La Audiencia de Sevilla impone dicha pena de prisión al encausado tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a once años de cárcel al joven acusado de asesinar en noviembre de 2018 a su madre, de 49 años de edad, en la vivienda donde ambos convivían en la localidad de Alcalá de Guadaíra, todo ello tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular el pasado día 2 de octubre.

En la sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Audiencia condena al acusado como autor de un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento, con la agravante de parentesco y la atenuante analógica muy cualificada de tener mermadas sus capacidades volitivas e intelectivas a consecuencia del trastorno ansioso depresivo que padecía en el momento de los hechos.

La sentencia recuerda que el jurado consideró probado que los hechos tuvieron lugar sobre las 4,00 horas del 13 de noviembre de 2018, cuando el acusado, al salir de su habitación, se encontró con su madre “y se inició entre ambos una discusión” en el salón del domicilio familiar, donde el condenado “agredió a su madre dándole una serie de empujones”.

De este modo, y según el veredicto del jurado, cuando la víctima se dirigió hacia su dormitorio, el condenado, que llevaba cinco años practicando boxeo, “la siguió y comenzó a propinarle una serie persistente de golpes con los puños” en el rostro y en el cuerpo, principalmente en la cabeza, hasta que la víctima cayó al suelo, donde el encausado “continuó golpeándole con varias patadas en la cabeza”, tratando la víctima de poner sus brazos delante para defenderse.

Estando la víctima tendida en el suelo, el acusado “continuó golpeándola, propinándole un golpe con el pie en la cabeza”, tras lo que, estando su madre “ya inconsciente y por tanto sin posibilidad de defensa alguna”, el acusado cogió un trozo de cristal de un espejo que salió fracturado durante la discusión y “le produjo una serie de incisiones en el abdomen y el tórax”.

Sobre las 6,10 horas de ese mismo día y “una vez finalizada la brutal agresión”, el encausado se fue al salón y se sentó en el sofá, de forma que “no procedió a comunicar lo sucedido a nadie sino transcurridas más de tres horas”, ya que a las 9,10 horas se puso en contacto vía whatsapp con una vecina y sobre las 10,26 horas con su hermano, comunicándole a ambos que “había matado” a su madre.

“Intención de causar la muerte”

Así, fueron estos últimos los que llamaron al 112 para informar de lo ocurrido, tras lo que, sobre las 12,00 horas del día 13 de noviembre de 2018, los servicios de emergencia certificaron el fallecimiento de la mujer, determinándose por los forenses que se trataba de una muerte de etiología homicida por traumatismo, en concreto por distintos golpes efectuados sobre el cráneo principalmente y otras partes de su cuerpo.

La víctima presentaba 17 heridas de carácter inciso-contuso en la parte posterior e inferior del cráneo, así como una agrupación de 16 lesiones erosivas en el abdomen y el tórax y heridas defensivas tanto en brazos como en piernas.

El jurado, en su veredicto, consideró probado que los golpes con los puños y las patadas “fueron propinados por el acusado con intención de causar la muerte” de su madre, a la que abordó de forma que ésta “no pudiera reaccionar ni defenderse, pretendiendo asegurar así que acababa con su vida, sin el riesgo que para su persona pudiera proceder de la defensa por parte de la víctima”. Así, el investigado causó la muerte de su progenitora “aumentando deliberada e inhumanamente” su sufrimiento, causándole “padecimientos innecesarios para acabar con su vida”.

En el momento de los hechos, el investigado se encontraba afectado por un trastorno ansioso depresivo que, “sin llegar a eliminar, mermaba sus capacidades volitivas e intelectivas”, según consideró probado el jurado en su veredicto, lo que lleva a la Audiencia a aplicar al condenado una atenuante analógica muy cualificada por este motivo.

La Audiencia, por todo ello, impone al acusado once años de prisión, que fue la pena solicitada en el juicio tanto por la Fiscalía como por la defensa.




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