Carpeta de justicia

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Santa Cruz De Tenerife, 3 abr (EFE).- La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha absuelto a una mujer de los delitos de amenazas, extorsión y acoso que le atribuía un cirujano plástico y su hija, que ejercía de ayudante, a raíz de que la procesada mostrara en reiteradas ocasiones su malestar por el resultado de las operaciones a las que fue sometida.

En principio la mujer exigió al médico que le abonara una indemnización y tras enviarle diversos mensajes y hacerles continuamente llamadas en los que mostraba su enfado, el cirujano accedió a firmar un contrato por el que le pagaba 12.000 euros.

La mujer contrató los servicios de este en octubre de 2018 y a partir de aquí se le realizaron tres intervenciones consistentes en la retirada de un producto de los labios, otra de pecho y abdomen y una más ante el descontento mostrado por la cliente.

A finales de 2019 firmaron un acuerdo para devolverle lo pagado por las intervenciones a cambio de que la mujer no presentara ninguna reclamación.

El cirujano y su hija aseguraron que llegaron a sentirse intimidados, extorsionados y presionados por la actitud de la acusada, especialmente contra la hija.

Dijeron que tras pagar la cantidad acordada no cambió la situación, lo que los denunciantes interpretaron como un acoso para que se les abonara más dinero, extremo que niega la mujer.

En principio habían acordado el desembolso de 8.000 euros pero en el momento de la firma exigió otros 4.000 más, a lo que accedió el cirujano, “porque quería sentirme tranquilo”, indicó.

Los mensajes enviados a la hija avisaban de que iba a dar a conocer lo ocurrido a otra gente, que iba a destruir la labor de los médicos, que le iba a contar a su madre y a su hermana quién era en realidad su padre y que se iba a meter con su familia.

La Sala entiende que el número telefónico personal fue facilitado de forma voluntaria por los denunciantes como práctica habitual por si durante el fin de semana o por la noche, los pacientes sufren alguna complicación.

La Audiencia considera que no hay pruebas comprobables y directas de que este ataque se debiera a la actitud de la mujer, pese a que las expresiones utilizadas al estilo de “vas a saber quién soy yo, vas a sufrirlo conmigo, voy por allí y por el Juzgado y te vas a…, ahora sí que voy a ir como debía haber hecho”.

El Tribunal considera que los mensajes son “poco afortunados” pero los denunciantes no pudieron concretar en qué medida les afectó a su vida privada y profesional.

En realidad, se constató que una vez abonados los 12.000 euros, los facultativos decidieron acudir al Juzgado cuando la paciente a continuación les reclamó la historia clínica.

En primera instancia la denunciada quedó absuelta de los mencionados delitos y otro tanto ocurrió luego en la Audiencia




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