Carpeta de justicia

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Solo sé que no se nada del tema «Seguridad»; ello anticipa un reconocimiento explícito hacía quienes gestionan la Seguridad en los ámbitos tanto Público como Privado, porque el COVID no conoce de fronteras.

Este contexto de Pandemia está dando visibilidad a una ingente cantidad de situaciones de conflicto que habitualmente permanecían tras bambalinas.

El denominador común entre todas ellas es la distancia de seguridad y el uso de la mascarilla, lo que sin duda alguna añade un plus de dificultad importante a la labor.

Y, surgen las preguntas, en este contexto: ¿Cómo gestionan estos profesionales de la seguridad, las situaciones de conflicto?, ¿Se puede gestionar la seguridad a través de espacios virtuales?

Afortunadamente los días 27 y 28 de noviembre se llevarán a cabo las jornadas «Pandemia: Nueva normalidad… ¿nueva SEGURIDAD?» en las que los expertos van a tratar estos temas.

No sé a ustedes, pero a mí, cuando hablamos de Seguridad, se me representa la Policía, Bomberos y Fuerzas Armadas, incluso en ese orden.

Sin embargo, hay muy muchas más figuras vinculadas a la Seguridad: como ser los Vigilantes de Seguridad, Cuidadores de niños o de personas mayores, Guardaespaldas, Personal Penitenciario, y un largo etcétera.

Debemos tener en cuenta la diferencia de status jurídico entre los operadores de la seguridad.

La consideración legal de «agentes de la autoridad» brinda a algunos de estos profesionales un escudo protector frente a las personas, no así frente al virus.

Esta nueva frontera, me refiero al status jurídico, reafirma la coexistencia de los procesos formales e informales de resolución de conflictos en el ámbito de la seguridad.

De una parte, dentro de los procesos formales, podemos encontrarnos con la mediación penal, penitenciaria, sanitaria, etc.

Y, de otra parte, dentro de los informales, podríamos pensar en la gestión de situaciones de conflicto en las que el operador de la seguridad colabora activamente para evitar —mediante el uso de la palabra, escucha activa, empatía, asertividad, etc.—, la comisión de infracciones administrativas e incluso penales.

Resultará muy interesante escuchar a los protagonistas de la seguridad y aprender de sus explicaciones para corroborar no) la teoría de que la nueva normalidad está forjando una nueva seguridad.




Comentarios

  1. Franco

    Gracias por tu comentario

  2. Vicente Llopis Micó

    Solamente comentar unos detalles. Los cuidadores de niños o de personas mayores no son personal de seguridad, no discuto que en su trabajo deben de tener unos objetivos de seguridad con su trabajo. Tampoco lo son el personal penitenciario, ya que estos son funcionarios de prisiones, pero no son personal de seguridad. En cuanto a los Guardaespaldas, por lo menos aquí en España es una figura que no existe, y si alguno se identifica como tal se puede considerar usurpación de funciones de Escolta Privado, que es la figura reconocida en la Ley en nuestro país.

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