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  • La actual normativa, pendiente de revisarse, “ha generado mucha controversia, tanto a abogados como a notarios, registradores, compradores y vendedores”, avisan desde el despacho Marín & Mateo abogados.
  • Una de las principales problemáticas es que clientes ya han firmado un contrato de arras y entregado dinero a cuenta, pero cuando han pedido la documentación han descubierto que se trataba de una Vivienda de Protección Oficial y que no cumplían los requisitos.

 En el contexto actual en el que cada vez parece más difícil acceder a una vivienda digna, son algunas las personas que optan por una Vivienda de Protección Oficial (VPO), o lo que es lo mismo, una vivienda pública. Aún así, con el paso del tiempo, hay propietarios que deciden vender y es cuando compradores y vendedores se topan con serios problemas.
 
Es el caso de la Comunidad Valenciana. Desde el despacho Marín & Mateo abogados aseguran que la última normativa de 2023 que entró en vigor para intentar establecer orden ante numerosas leyes de años anteriores ha resultado un caos. “Ha generado mucha controversia, tanto a abogados como a notarios, registradores, compradores y vendedores”, apuntan desde el despacho.
 
El Consell aprobó el decreto el mayo de 2023 y, desde entonces, “ha generado muchas dudas a la hora de interpretar la norma, nos hemos visto inseguros jurídicamente”, resaltan los abogados. Uno de los problemas más frecuentes con los que se encuentran es que, a parte de estar limitado el precio de venta, para poder vender se tiene que estar dado de alta en el registro de la vivienda de la Generalitat. Asimismo, el comprador debe constar como demandante de vivienda pública.
 
“No sabemos si hay control o si se hacen inspecciones”, declaran desde Marín & Mateo Abogados, ya que el comprador simplemente hace una declaración responsable en la que declara que cumple todos los requisitos. “Muchas veces vienen clientes que han firmado un contrato de arras con importes entregados a cuenta, pero cuando han pedido la documentación se enteran que es una VPO y que no cumplen los requisitos”, advierten.
 
Por eso aconsejan que, con carácter previo a firmar cualquier documento, como un compromiso de compra, se analicen las características del inmueble y que se cumplan las condiciones. Por ejemplo, una de ellas, tener que ser residente de la Comunidad Valenciana. “Antes del decreto había libertad, solo estaba limitado el precio. Ahora ya limita a los sujetos que pueden intervenir en la compraventa”, señala el bufete.
 
Nuevo decreto, ¿la solución?

Los abogados confían que con la nueva norma que el Consell está preparando se pueda mitigar tanta controversia. Eso sí, aún hace falta esperar porque por el momento se encuentra en fase de información pública.
 
Lo que se sabe, a día de hoy, es que el decreto determinará la calificación de las viviendas protegidas sobre un solo nombre; se determinarán sus usos, es decir, si tiene que ser una vivienda habitual o puede ser una segunda residencia, y con el registro de viviendas y demandantes nuevo, ya no debería haber lugar a la interpretación ni a declaraciones responsables sin supervisión, entre otras medidas.
 
Pero hasta que se apruebe, está en vigor la normativa actual de 2013 y, por este motivo, desde Marin & Mateo abogados insisten que hay que tener cuidado con las posibles penalizaciones y, sobre todo, que se comprueben las características de la vivienda.



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