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El Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso de casación interpuesto por BDO Abogados en representación de PISTAS ITEUVE S.A., que podría sentar jurisprudencia sobre la necesidad de valorar las repercusiones económicas en decisiones administrativas relacionadas con la asunción directa de concesiones públicas. La cuestión central es si la falta de dicha valoración, exigida por la Ley Orgánica 2/2012, de estabilidad presupuestaria, puede ser motivo de nulidad de pleno derecho.

El recurso se origina en la resolución administrativa que, en 2021, puso fin a los contratos de concesión del servicio de ITV en la Comunidad Valenciana. La entidad recurrente argumenta que no se evaluaron los efectos económicos de la medida, como exige la normativa. El Supremo considera que el caso tiene “interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia”, especialmente en la aplicación de los principios de estabilidad presupuestaria en la gestión directa de servicios públicos.

El procedimiento, que será llevado por la Sección Tercera de lo Contencioso-Administrativo, podría sentar un precedente clave en la seguridad jurídica de las concesiones administrativas.




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