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Llegada la fecha de caducidad del DNI o el pasaporte, entre los interesados surgen algunas dudas acerca de la renovación. Entre esas cuestiones nos encontramos, por ejemplo, cuántas fotografías son necesarias, cómo debe ser esta o qué documentación hay que presentar a la hora de realizar la renovación del DNI o del pasaporte.

A todas estas cuestiones damos respuesta a continuación en reclamador.es ¡continúa leyendo!

¿Cuántas fotografías hay que presentar para renovar el DNI o pasaporte?

A día de hoy, basta con una fotografía de tamaño carné. Si se va a renovar ambos documentos de manera simultanea, la fotografía utilizada para renovar el DNI será utilizada para renovar o expedir el pasaporte.

Si se ha hecho una renovación reciente del pasaporte no será válida la misma foto, salvo que hayan pasado menos de 6 meses.

Uno de los motivos por los que es necesario renovar el DNI es por el deterioro del chip del documento.

¿Cómo debe ser la fotografía para DNI o pasaporte?

La fotografía debe ser reciente, a color y con el fondo blanco. Además, en la fotografía no deben aparecer complementos (gorras, sombreros, gafas de sol, etcétera). Otra curiosidad respecto a la fotografía y que afecta principalmente al pasaporte es el flequillo. Este no puede tapar las cejas, pues en algunas Comisarías no dan por válida aquella fotografía donde el pelo cubre la totalidad de la frente. Por ello, es aconsejable que en las fotografías realizadas expresamente para renovar el DNI o pasaporte se vean las cejas.

Además de la cabeza, deben verse los hombros de la persona fotografiada. La imagen debe estar centrada y la persona mirando directamente a cámara.

Respecto a las gafas, estas deben ser de cristales claros y no pueden dar reflejo en la imagen, ni tapar el párpado. En caso contrario, la recomendación es realizar la fotografía para renovar el DNI o pasaporte sin gafas.

Renovar DNI: documentación necesaria 

Si la renovación se produce por caducidad del DNI, los documentos a presentar son:

  • Fotografía
  • DNI antiguo
  • Pago de la tasa. Esto se hace en el mismo momento de la expedición. A fecha de hoy, el precio es de 12€.

Si la renovación se produce por pérdida o robo del DNI, los documentos a presentar son:

  • Fotografía
  • Copia de la denuncia de robo o pérdida del DNI.
  • Pago de la tasa. Esto se hace en el mismo momento de la expedición. A fecha de hoy, el precio es de 12€.

¿En qué casos no hay que pagar por renovar DNI?

No se abonarán los 12€ que cuesta la expedición del DNI en los siguientes supuestos:

  • Familia numerosa
  • Por cambio de domicilio, siempre que el carné esté en vigor.
  • Por cambio de filiación, siempre que el DNI esté en vigor.

Renovar pasaporte: documentación necesaria 

Para renovar el pasaporte, se necesitará:

  • Una fotografía idéntica a la requerida para el DNI.
  • DNI en vigor. Un DNI deteriorado no sirve, sería necesario renovar el DNI y luego expedir el pasaporte.
  • Pago de tasa, que actualmente es de 30€. Se puede pagar telemáticamente en caso de renovación. En caso de ser la primera vez que se expide el pasaporte, el pago se hará directamente en la Comisaría.

¿En qué casos no hay que pagar por renovar el pasaporte?

Aquí, solo en los casos de familia numerosa se estará exento de pagar la renovación o expedición del pasaporte. Que en 2019 está fijado en 30€.

Volar con el DNI caducado

Viajar en avión es uno de los motivos que nos llevamos a mirar la caducidad de nuestro DNI o pasaporte. La pregunta aquí es ¿se puede volar con el DNI caducado? o en otras palabras ¿Pueden en el control de seguridad o en la puerta de embarque denegar el acceso por tener el DNI caducado? La respuesta es depende.

Depende del origen y destino del vuelo. Así, si se trata de un pasajero con nacionalidad española y el vuelo es nacional (con salida y llegada a un aeropuerto de España), no será necesario que el DNI o pasaporte esté en vigor para poder volar.

Los ciudadanos con nacionalidad en uno de los países miembros de la UE o el Espacio Schengen que quieran realizar un vuelo con origen y destino España tampoco será obligatorio que dispongan de documento de identidad en vigor.

Se tratan estos de los únicos supuestos en los que no será necesario tener el DNI o pasaporte en vigor. En resumen, si no es uno de estos supuestos, será necesario acudir al aeropuerto con el documento de identidad necesario en vigor.

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