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El BOE ha publicado hoy la Ley Orgánica del Derecho de Defensa que, como señala el presidente de la Abogacía, Salvador González,  “marca un hito para la Abogacía Española y supone un importante punto de inflexión en la defensa de los compañeros y el afianzamiento de derechos de los profesionales”.

“Esta ley refuerza el derecho de defensa y completa el circulo constitucional”, destacó González en un desayuno de prensa celebrado ayer miércoles con motivo de la aprobación de esta norma tan importante para la Abogacía.

Esta ley orgánica establece el derecho inquebrantable de todo ciudadano a contar con un abogado para ejercer su defensa cuando se ve inmerso en un proceso judicial. Asimismo, recoge los derechos y deberes de los profesionales de la abogacía, empezando por la “reserva de actividad”, que supone un paso importante en la defensa contra el intrusismo.

El presidente explicó la importancia de que la ley recoja también el amparo colegial, que “establece que los colegios tengan un procedimiento de amparo cuando los profesionales sufran faltas de respeto o vean vulnerada su independencia”.

La Ley Orgánica faculta además a los Colegios, explicó González, para establecer criterios orientativos de honorarios para el cálculo de las costas procesales. “El Consejo formará de inmediato un grupo de trabajo para elaborar un marco común que sirva como referencia a todos los Colegios de España, sin perjuicio de su autonomía o la adaptación que quieran hacer”, adelantó.

Otro de los puntos esenciales de la norma es la consagración del secreto profesional: aunque ya estaba recogido en la Constitución, ahora se establecen con claridad los límites, así como la extensión de la confidencialidad a las comunicaciones entre los profesionales.

 

CONSULTA LA LEY EN EL BOE




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