La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Asturias en una sentencia de la que ha sido ponente su presidenta, Covadonga Vázquez Llorens, y de acuerdo con el veredicto de un Jurado popular, ha condenado a 22 años y 6 meses de prisión a un hombre como autor criminalmente responsable de un delito de asesinato ya definido, concurriendo las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, agravantes de desprecio de género y parentesco y la atenuante de confesión.
La sentencia es la primera en Asturias en la que se aplica el nuevo agravante de desprecio de género que entró en vigor el pasado mes de julio.
El Jurado había declarado probado que el hombre, el 5 de noviembre de 2015 asesinó a su pareja asestándole varios golpes en la cabeza y por la espalda con una barra de mancuerna, cuando ambos estaban en el piso de alquiler que compartían en el centro de Oviedo. Cuatro días más tarde se entregó en Gijón y confesó su crimen.
De acuerdo a estos hechos, el tribunal popular lo declaró culpable por unanimidad, aplicándole el atenuante de confesión y los agravantes de parentesco y desprecio de género, que habían pedido las acusaciones.
La Fiscalía, las acusaciones, el abogado del Estado y la defensa solicitaron entonces 22 años y seis meses de prisión para el hombre y además, la fiscal y la acusación particular reclamaron 200.000 euros de indemnización al hijo de la fallecida, peticiones ambas que han sido ahora confirmadas en la sentencia, que no es firme y contra la que puede interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias.
No hay comentarios.