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  • La Sala de lo Civil y Penal confirma la pena impuesta por la Audiencia de Valencia tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado.
  • El condenado apuñaló a la mujer en Benaguacil tras cruzar su vehículo delante del que conducía la víctima y obligarla a bajar del mismo

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado la condena a 17 años de cárcel al hombre que mató a su expareja en Benaguacil (Valencia) en enero de 2013, dos meses después de que ella decidiera poner fin a la relación.

La Sala de lo Civil y Penal del Alto Tribunal desestima así el recurso interpuesto por el condenado y confirma la pena impuesta por la Audiencia de Valencia por un delito de asesinato después de que un jurado popular declarara al acusado culpable tras el juicio celebrado el pasado mes de julio.

El jurado consideró probado que el día de los hechos el acusado siguió a su expareja desde Valencia a Benaguacil. Allí atravesó su coche delante del que conducía la víctima, con la que tenía un hijo en común, y cuando ésta salió del mismo para pedirle explicaciones por su acción le asestó una cuchillada. La mujer intentó huir, pero el acusado le dio alcance, la arrojó al suelo, se colocó encima y siguió apuñalándole en la cara y cuello hasta matarla.

El agresor se entregó horas después en una comisaría de Policía donde confesó el crimen. Acudió acompañado de su cuñado, que había ido a recogerle a la autovía CV-35, a la altura de La Eliana, porque había sufrido un accidente al reventarle una rueda.

La Sala de lo Civil y Penal confirma la condena a 17 años de prisión por un delito de asesinato con alevosía, con la agravante de parentesco y la atenuante de confesión. Le priva de la patria potestad del hijo común, menor de edad, al que tendrá que indemnizar con 150.000 euros. Deberá, igualmente, abonar 110.000 euros al otro hijo de la víctima, también menor. Para la madre y la hermana de la fallecida, con quienes ésta vivía desde su separación, el tribunal fija indemnizaciones de 50.000 y 20.000 euros respectivamente.

La sentencia de la Audiencia de Valencia, ahora confirmada por el TSJCV, impone al condenado la prohibición de acercarse y comunicarse con la familia de la asesinada y la de residir en Valencia durante 20 años.




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