Los delitos de malos tratos en el ámbito familiar son aquellas conductas o acciones que causen daño físico o psicológico a uno de los integrantes del núcleo familiar. Pueden tratarse de agresiones físicas, amenazas, coacciones, acoso o control económico.
¿Qué tipos de malos tratos en el ámbito familiar existen?
En función de quién comete el delito y de quién es la víctima, podemos encontrar dos tipos:
- Violencia de género: son aquellos malos tratos que sufre una mujer por parte de su pareja o ex pareja varón.
- Violencia doméstica: son todos los delitos de malos tratos que se producen en el seno familiar, a excepción de los que constituyen violencia de género. Sí, aunque no te lo cuenten en los medios, en muchas ocasiones los hombres también son maltratados.
¿CUÁNTAS DENUNCIAS POR VIOLENCIA DOMÉSTICA HAY?
En relación a los delitos de violencia doméstica, según el Instituto Nacional de Estadística, anualmente hay unas ocho mil víctimas de violencia doméstica.
Por tanto, el número de casos será bastante mayor, ya que no se denuncia en todos lo supuestos.
¿CUÁNTAS DENUNCIAS POR VIOLENCIA DE GÉNERO HAY?
Según el mismo ministerio, alrededor de 30.000 denuncias de violencia de género se interponen anualmente en nuestro país.
Como podemos comprobar, el nº de denuncias por violencia de género es bastante mayor. Sin embargo, ocho mil víctimas de violencia doméstica cada año no es un número bajo, pero se les ignora en los ámbitos políticos e institucionales.
¿CUÁLES SON LOS DELITOS DE MALOS TRATOS EN EL ÁMBITO FAMILIAR?
Entre todos los delitos que podemos encontrar, independientemente de que se trate de violencia de género o violencia doméstica, encontramos los siguientes:
- Lesiones: cuando se causa daño físico a la otra persona.
- Coacciones: Intimidar o amenazar a la otra persona para que haga algo que no quiere.
- Amenazas.
- violencia psicológica: acoso o humillación. Incluso, en ocasiones, control económico.
- Violencia sexual.
¿QUÉ PASA SI PONGO UNA DENUNCIA DE MALOS TRATOS?
En el caso de que esa denuncia sea violencia de género, es decir, una denuncia de una mujer contra un hombre, se pone en marcha un protocolo policial y judicial que tiene las siguientes características:
- La denunciante es atendida por agentes especializados en la violencia de género.
- Se le da toda la información necesaria sobre sus Derechos y todos los servicios que tiene a su disposición.
- Se recaban las pruebas necesarias para anexar a la denuncia.
- Se adoptan las medidas necesarias para su protección, y la de sus hijos.
- Se hace un exhaustivo seguimiento del caso.
- La policía se coordina con otros servicios como pueden ser los servicios sociales, médicos y otras instituciones públicas que atienden a las víctimas.
- En la inmensa mayoría de los casos, se va a proceder a la detención del denunciado, con independencia de la existencia de indicios o pruebas.
- En la mayoría de los casos, el juez o jueza adoptará una orden de protección como medida cautelar (provisional) durante el procedimiento.
- Si hay hijos menores de edad, el juez adoptará medidas civiles respecto de ellos: guarda y custodia, uso de la vivienda familiar, pago de la hipoteca o alquiler del mismo, régimen de visitas o supresión del mismo, y pensión de alimentos.
Sin embargo, en aquellos casos en los que la denuncia sea por violencia doméstica, se tramitará como en cualquier otro delito, y la actuación variará en función de la gravedad subjetiva que se aprecie en cada caso por parte de la policía.
¿CUÁL ES EL PROCESO JUDICIAL TRAS UNA DENUNCIA DE MALOS TRATOS EN EL ÁMBITO FAMILIAR?
En función de la complejidad del caso, de las pruebas que haya y de la gravedad, se tramitará como juicio rápido o como un procedimiento penal común.
En el primero de los casos, si se tramita como juicio rápido, la duración del procedimiento será más breve.
En el segundo de los casos, si se tramita como un procedimiento penal común, constará de dos fases:
- Primero, una fase de instrucción donde el juez investigará si hay indicios de delito.
- Segundo, la fase de juicio, donde se decidirá la culpabilidad o inocencia del acusado.
En cualquiera de los casos, el procedimiento puede acabar de alguna de las tres siguientes formas:
- archivado, si no hay incidios de delito.
- con sentencia tras «pelear» en el juicio.
- con una sentencia de conformidad. En este breve vídeo, te explico en qué consiste.
¿QUÉ HACER SI TE HAN DENUNCIADO POR MALOS TRATOS?
En caos de que te hayan denunciado por malos tratos, sea verdad o no, y con independencia de que sea violencia de género o violencia doméstica; es fundamental contar con el asesoramiento adecuado de un abogado penalista y depositar la confianza en un profesional especializado y con experiencia en estos casos.
Esto último, puede marcar el resultado del procedimiento, y puede ser la diferencia entre una condena y una absolución.