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Bruselas, 7 jun (EFECOM).- Las instituciones de la Unión Europea llegaron este miércoles a un acuerdo preliminar para reforzar la protección de los consumidores que adquieren servicios financieros a distancia, especialmente a través de internet, por ejemplo, facilitando el derecho al disentimiento de cualquier contrato en ventas en línea.

El pacto ha sido alcanzado entre los negociadores de los Estados miembros y del Parlamento Europeo, y ahora debe ser refrendado por ambas partes antes de que pueda entrar en vigor la nueva normativa, cuyo objetivo es proteger a los consumidores "vulnerables" a prácticas desleales o "patrones oscuros" en la venta de servicios financieros como préstamos o planes de inversión o de pensiones por internet.

"Una vez entre en vigor la directiva, asegurará a los consumidores del mercado único un nivel más elevado de protección cuando accedan a nuevos productos y servicios financieros desde sus teléfonos y ordenadores", subrayó el ministro sueco de Justicia, Gunnar Strömmer, que negoció el expediente en nombre de los países del bloque.

Un elemento esencial de la nueva normativa, según informaron en sendos comunicados la Eurocámara y el Consejo de la UE, es la introducción de salvaguardas adicionales para garantizar que los consumidores pueden ejercitar su derecho al disentimiento a través de una "función de retirada".

Así, las nuevas normas hacen "fácilmente accesible, claramente visible y permanentemente disponible" esta posibilidad durante todo el plazo de 14 días que tiene el consumidor para ejercitar este derecho y estipulan que, una vez se ha solicitado el disentimiento, el proveedor debe enviar una confirmación "sin retrasos indebidos".

Por otro lado, el acuerdo mejora las reglas sobre obligaciones precontractuales de información e, incluso, deja a los Estados miembros la posibilidad de ser más estrictos en este ámbito "para evitar cualquier riesgo de reducción del nivel de protección de los consumidores".

En esta línea, los vendedores de servicios financieros estarán obligados a dar información al respecto "en el momento adecuado" y "no en el mismo momento de la conclusión del contrato a distancia", a fin de asegurar que los consumidores "tienen tiempo suficiente para leer y entender la información precontractual, comparar ofertas y tomar una decisión informada".

Por otro lado, las nuevas normas garantizan el derecho de los consumidores a "recibir las explicaciones necesarias de los proveedores, sin gastos, y a pedir la intervención humana cuando usen interfaces en línea totalmente automáticas antes de concluir un contrato".

La directiva también impone obligaciones a los vendedores que ofrecen sus productos por llamadas telefónicas, en las que la pretensión comercial tendrá que ser declarada al inicio de la misma y en cuyo comienzo debe quedar claro si está siendo grabada.

Por último, las nuevas normas también prohíben a los proveedores de servicios financieros a distancia los llamados "patrones oscuros" que "empujan" a los consumidores a hacer elecciones que "podrían ir contra su interés" a través de diseños de páginas web engañosos, por ejemplo dando más espacio a ciertas opciones que a otras o preguntando repetidamente por una elección que ya ha sido tomada por el cliente.




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