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Existen dos tipos de tarjetas de larga duración: la tarjeta de larga duración, que autoriza a residir y trabajar en territorio español en las mismas condiciones que los nacionales, y la tarjeta de larga duración UE, que, además de lo anterior, también da la posibilidad de residir y/o trabajar en otros países de la unión europea. Dicha tarjeta se renueva cada 5 años.

La tarjeta de larga duración UE permite residir y trabajar en España de forma indefinida, tal y como sucede con la tarjeta de larga duración exclusiva para el territorio español. Además, con la tarjeta de larga duración UE, el extranjero tiene la posibilidad de obtener una autorización de residencia y/o de trabajo en otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que cumpla con los requisitos que dichos estados establezcan.

Es importante destacar que no hay que confundir que otorgue la posibilidad de residir y/o trabajar en otro país de la Unión Europea con la concesión inmediata de dicha autorización que le permita trabajar directamente en cualquier país europeo. El extranjero titular de una tarjeta de larga duración UE podrá solicitar una autorización de residencia y/o trabajo en otro país europeo con más facilidad que un extranjero que no tenga la mencionada tarjeta de larga duración. No obstante, siempre debe cumplir con los requisitos específicos que la legislación de ese país europeo establezca para la autorización concreta que desee solicitar.

¿Cuáles son los requisitos para obtener la tarjeta de larga duración UE?

Los requisitos de la tarjeta de larga duración UE son los siguientes:

1.- Una residencia legal y continuada en España durante, como mínimo, 5 años.

Para el cómputo de los cinco años se tiene en cuenta la estancia de estudios, movilidad de alumnos o prácticas no laborales del extranjero, computándose éstas al 50%. Esto es, en el caso de un extranjero que ha estado 3 años en estancia por estudios, se tendrá en cuenta 1 año y medio de dicha estancia para computar el tiempo de residencia para obtener la tarjeta de larga duración UE.

Respecto de los extranjeros beneficiarios de protección internacional (asilo), para alcanzar los 5 años de residencia legal y continuada, se computará al 50% también el tiempo que haya transcurrido entre la presentación de la solicitud de protección internacional y la concesión de la autorización de residencia y trabajo. En el caso que dicho tiempo sea superior a 18 meses, se le computará al 100%.

Por otro lado, se deben tener en cuenta los períodos de ausencia del territorio español, pues sólo se admiten las ausencias de hasta 6 meses continuados, no pudiendo superar estas ausencias los 10 meses dentro de los 5 años de residencia continuada exigidos para este tipo de tarjeta. No obstante, sí se permiten ausencias por motivos laborales de hasta 12 meses dentro de los 5 de años de residencia exigidos.

Los profesionales extranjeros altamente cualificados, titulares de una tarjeta azul-UE, podrán ausentarse de territorio europeo hasta 12 meses continuados, siempre que no superen los 18 meses dentro de los 5 años requeridos para la tarjeta de larga duración UE.

2.- Tener recursos económicos y un seguro médico público y/o privado.

La cuantía de los recursos económicos deberá ser del 150% IPREM para unidades familiares de dos miembros, incrementándose en un 50% por cada miembro adicional. El IPREM para el año 2017 es de 537,84 euros mensuales.

En el caso que el seguro médico sea privado, éste no debe tener copagos ni carencias, con una cobertura igual que la cobertura de la sanidad pública, incluyendo los gastos de hospitalización.

¿Cómo se presenta la solicitud de tarjeta de larga duración UE?

Se distingue entre si el extranjero se encuentra en España o si se encuentra fuera del territorio español. En el primer caso, el extranjero podrá presentar la solicitud en cualquier registro público, mientras que, en el segundo caso, deberá acudir a la Embajada o Consulado español de su país de residencia.

El plazo de resolución es de 3 meses. Una vez transcurridos estos 3 meses sin que se haya resuelto la solicitud, se entenderá que ha sido estimada.

Tras la concesión de la tarjeta, el extranjero deberá acudir a la oficina de policía a solicitar la expedición de la misma.




Comentarios

  1. Basil imoh

    Since I have European ban from France. Can I be able to change my normal larga direcion to larga durecion Eu. Thanks

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