El Tribunal de Justicia y el Tribunal General han modificado sus respectivos Reglamentos de Procedimiento con el fin de aplicar las modificaciones del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea adoptadas por el Parlamento Europeo y por el Consejo de la Unión Europea. 1 Al mismo tiempo, las nuevas normas modernizan y simplifican los procedimientos ante ambos órganos jurisdiccionales. Los proyectos de modificaciones presentados, respectivamente, por el Tribunal de Justicia y por el Tribunal General fueron aprobados por el Consejo de la Unión Europea en el mes de junio, antes de ser adoptados formalmente por cada órgano jurisdiccional en el mes de julio. 2 Además, el Tribunal de Justicia ha adoptado una nueva versión de las Instrucciones prácticas a las partes sobre los asuntos sometidos ante él 3 y el Tribunal General una nueva versión de las Normas prácticas de desarrollo de su Reglamento de Procedimiento. 4
Aplicación de las modificaciones del Estatuto
Una parte de las nuevas normas tiene por objeto aplicar las modificaciones del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Se trata, en particular, de las disposiciones necesarias para permitir la transferencia parcial de la competencia prejudicial del Tribunal de Justicia al Tribunal General, aplicable a partir del 1 de octubre de 2024. 5
Las modificaciones del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia precisan, en primer lugar, las normas relativas a la tramitación inicial de las peticiones de decisión prejudicial presentadas al Tribunal de Justicia con el fin de determinar el órgano jurisdiccional competente para conocer de ellas. A continuación, establecen las disposiciones necesarias para garantizar una rápida tramitación de las peticiones de decisión prejudicial que el Tribunal General remita al Tribunal de Justicia debido a que requieren una resolución de principio que pueda afectar a la unidad o a la coherencia del Derecho de la Unión. Por último, prevén el procedimiento para la publicación en línea, dentro de un plazo razonable tras la declaración de terminación del asunto, de las observaciones escritas presentadas por los interesados en los asuntos prejudiciales que sean objeto de una decisión a partir del 1 de septiembre de 2024, salvo que estos formulen objeciones. Las nuevas Instrucciones prácticas a las partes concretan cómo deben presentarse estas objeciones.
Otras modificaciones de las normas de procedimiento
- Supresión de la tarifa de Secretaría por los extractos del Registro de la Secretaría, las copias de los escritos procesales y los testimonios de autos y sentencias. Modernización de las normas relativas a la forma de presentación y de notificación de los escritos procesales. Posibilidad de proceder mediante simple decisión para adoptar medidas procedimentales que hasta ahora requerían la adopción de un auto (reapertura de la fase oral y acumulación de asuntos cuando no existe solicitud de tratamiento confidencial).
- Limitación del plazo para presentar un escrito de adaptación de la demanda cuando el acto cuya anulación se ha solicitado sea sustituido o modificado por otro acto que tenga el mismo objeto.
- Posibilidad de adoptar directamente una diligencia de prueba en la que se solicite información o la presentación de un documento sin adopción previa de una diligencia de ordenación del procedimiento.
- Clarificación y racionalización de las normas relativas a la atribución a una formación jurisdiccional de las Dirección de Comunicación Unidad de Prensa e Información curia.europa.eu demandas accesorias (rectificación, omisión de pronunciamiento, oposición a una sentencia dictada en rebeldía, oposición de tercero, interpretación, revisión, discrepancia sobre las costas).
- Retransmisión de las vistas del Tribunal General, que solo podrá tener lugar tras la entrada en vigor de una decisión de aplicación. demandas accesorias (rectificación, omisión de pronunciamiento, oposición a una sentencia dictada en rebeldía, oposición de tercero, interpretación, revisión, discrepancia sobre las costas).
- Retransmisión de las vistas del Tribunal General, que solo podrá tener lugar tras la entrada en vigor de una decisión de aplicación.
Las nuevas Normas prácticas de desarrollo adoptadas por el Tribunal General explican y concretan las disposiciones del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, en particular en lo que respecta a la protección de los datos personales, el tratamiento confidencial de ciertos datos en los recursos directos, la presentación de escritos procesales y de sus anexos, así como la participación en las vistas, incluida la vista por videoconferencia
Las nuevas normas de procedimiento, que entrarán en vigor el 1 de septiembre de 2024, así como las versiones consolidadas del Estatuto y de los Reglamentos de Procedimiento de los dos órganos jurisdiccionales, son accesibles en el sitio de Internet Curia en las rúbricas Tribunal de Justicia/Procedimiento y Tribunal General/Procedimiento.
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