Carpeta de justicia

LawAndTrends



Madrid, 12 dic (EFECOM).- El Tribunal Supremo verá si es legal aplicar un impuesto el mismo año de su entrada en vigor, en un caso que afecta a la tasa autonómica de depósitos de clientes, pero que puede extenderse a otras aprobadas este año, como el de las grandes fortunas o el de beneficios de las eléctricas.

El pasado mes de noviembre, el Congreso dio el visto bueno a tres nuevos impuestos (banca, energéticas y grandes fortunas), que entrarán en vigor el 1 de enero y afectarán al ejercicio 2022.

En un auto fechado el pasado 23 de noviembre que ha adelantado el diario Expansión y al que ha tenido acceso EFE, la sala de lo contencioso admite el recurso presentado por Banca March contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias sobre el impuesto autonómico sobre depósitos de clientes en entidades de crédito (IDEC).

Banca March reclamó la liquidación aplicada por la administración tributaria de Canarias del impuesto IDEC de 2012, que ascendía a 1,9 millones de euros, al entender que no debía existir cuota a ingresar resultante de la misma, o al menos la devolución del importe indebidamente ingresado como consecuencia de la no aplicación de la deducción del 50 % de la cuota íntegra por domicilio social, que ascendía a 1,26 millones.

En su recurso, la entidad alegaba que existe "interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia porque la sentencia fija una doctrina que puede afectar a un gran número de situaciones, trascendiendo al caso objeto del proceso", y añadía que el debate afecta a la constitucionalidad de una norma con rango de ley.

Tras dar por buenos estos argumentos, el Supremo abordará si vulnera el principio de irretroactividad exigir un tributo en el mismo ejercicio en que entre en vigor su ley reguladora, cuyo periodo impositivo es el año natural y que se devenga el último día del año natural, cuando dicha entrada en vigor se produjo con anterioridad a la fecha de devengo.

Asimismo, si resulta contrario "a los principios de igualdad, capacidad económica y libertad de establecimiento" un tributo autonómico que establece unas deducciones en la cuota en función de que la sede social de la contribuyente se encuentre radicada en el territorio de la propia comunidad autónoma. 




No hay comentarios.


Hacer un comentario

He leido y acepto los términos legales y la política de privacidad