- ¿Tienes una vivienda en alquiler? ¡Ojo, tendrás que declararlo en la Renta! Te contamos las multas que puedes recibir si no lo haces.
En plena campaña de la Renta 2023 y es el momento de cumplir con las obligaciones con Hacienda. Muchos propietarios reciben ingresos por alquiler de viviendas, por lo que tienen que saber que están obligados a declarar también estos ingresos.
¿Se deben declarar los alquileres en la declaración de la Renta?
Si se tienen inmuebles arrendados por los cuales se reciben rentas derivadas del alquiler, hay obligación de incluirlas en la Declaración.
Sobre estos rendimientos se podrán deducir gastos habituales como el IBI, las cuotas de la comunidad, reparaciones, seguros de impago de alquiler, seguros de hogar… y eso permitirá que se tribute por un importe menor, que será el rendimiento neto.
Hacienda también permite algún beneficio fiscal, como es el caso de la reducción del 60% de este rendimiento neto en caso de ser la vivienda habitual del inquilino.
¿Cómo detecta Hacienda que no se ha declarado el alquiler en la Renta?
Hacienda dispone de varios métodos de detección de ingresos por alquiler en el caso de no ser declarados por el contribuyente.
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Uno de los más comunes es el cotejo de datos entre la Declaración de Renta del inquilino y la del arrendador. El inquilino debe identificar esa vivienda como vivienda habitual, por lo que para Hacienda es muy fácil ver si el arrendador ha declarado el ingreso de esa misma vivienda en su declaración. También puede ser muy evidente si el inquilino se empadrona en esa vivienda.
- Otras técnicas utilizadas por la Agencia Tributaria es el control de consumo de suministros como la luz o el gas, revisar la fianza depositada en el organismo correspondiente, contralar la actividad en portales inmobiliarios que gestionan alquileres, denuncias anónimas, incluso la visita de un Inspector de Hacienda al domicilio del inquilino para comprobarlo en primera persona.
¿Qué sucede si no declaráramos estos ingresos derivados del alquiler en la Renta?
Hacienda enviará una propuesta de liquidación provisional al contribuyente arrendador (declaración paralela) que servirá para que éste pueda regularizar la situación incluyendo los ingresos omitidos. En este momento, asumirá el importe de la nueva liquidación con los correspondientes recargos e intereses de demora que se hayan podido originar por el paso del tiempo.
Además, se iniciará un procedimiento sancionador por la omisión del alquiler que implicará una multa que dependerá de la cantidad no declarada.
¿Cuáles son las multas por no declarar en la Renta el alquiler?
Las multas pueden ser leves, graves o muy graves y pueden oscilar entre el 50% y el 150% de la cantidad que se ha dejado de declarar. En el caso de los alquileres, el contribuyente también perderá la posibilidad de aplicar la reducción del 60% sobre el rendimiento neto en caso de ser vivienda habitual del inquilino.
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Las sanciones se consideran leves cuando el importe que no se ha declarado es inferior a 3.000 euros o si siendo mayor, no ha habido ocultación. En este caso hablaremos del 50% del importe no declarado.
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Las sanciones se consideran graves cuando la cantidad defraudada supera los 3.000 euro y ha habido ocultación por parte del contribuyente. Podría ser entre el 50% y el 100% del importa no declarado.
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Por último, las sanciones muy graves se dan cuando se presume que el contribuyente ha utilizado métodos fraudulentos. Aquí la sanción puede oscilar entre el 100% y el 150% de la cantidad no declarada.
No obstante, si el contribuyente decide regularizar esta situación antes de ser requerido por Hacienda, podrá hacerlo con la presentación de una declaración complementaria. En este caso se ahorrará la futura sanción y sólo debería asumir los recargos e intereses de demora que se hubieran generado si lo hace fuera de plazo.