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  • Los propietarios de camiones de más de 6 toneladas pueden reclamar lo pagado de más a DAF, Daimler-Mercedes Benz, Iveco, Man y Volvo-Renault.
  • La Comisión Europea impuso multas millonarias y abrió la puerta a las reclamaciones.
  • Los fabricantes subieron el precio de estos vehículos entre el 15% y el 25%. En función del precio del vehículo, se puede recuperar hasta 50.000 euros.

El próximo 6 de abril de 2018 finaliza el plazo para que los propietarios de camiones de más de seis toneladas DAF, Daimler-Mercedes Benz, Iveco, Man y Volvo-Renault, puedan reclamar lo pagado de más por el acuerdo de precios del cártel de camiones. En concreto, se trata de camiones comprados entre el 17 de enero de 1997 y el 18 de enero de 2011 de los fabricantes DAF, Daimler-Mercedes Benz, Iveco y Volvo-Renault y entre el 17 de enero de 1997 y el 20 de septiembre de 2010 para camiones de la marca Man.

Los fabricantes de estas marcas llegaron a un acuerdo secreto por el que fijaron, e inflaron, los precios de sus camiones entre 1997 y 20111. La Comisión Europea inició en el año 2011 una investigación contra este cártel de camiones por la que se confirmó que subieron el precio de estos vehículos entre el 15% y el 25%. Además, retrasaron la equipación de los camiones con tecnologías para reducir las emisiones de gases.

De esa investigación salieron millonarias multas contra los fabricantes por el acuerdo de precios. También se abrió la puerta a las reclamaciones de los afectados cuyo plazo entra ya en un período de cuenta atrás antes de su prescripción.

En Hannover (Alemania), el Tribunal regional, ya se ha dictado la primera sentencia pionera en Europa contra el cártel de camiones que condena a devolver el sobreprecio al demandante afectado, un ayuntamiento que compró siete camiones MAN. Se abre la veda.

¿Qué plazo tienen los afectados por el cártel de camiones para presentar su reclamación?

En un principio se decía que el plazo de reclamación de un año, por tratarse de una reclamación extracontractual, podía empezar a contar desde el momento en el que la Comisión Europea emitió una nota de prensa informando de la desmantelación del cártel. Este comunicado se sacó el 19 de julio de 2016, pero no explicaba qué camiones estaban implicados ni qué consecuencias tenía ese cártel para los compradores de camiones.

Así pues, ese plazo empezó el 6 de abril de 2017, cuando la Comisión Europea publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea (DO) la Decisión de la Comisión de 19 de julio de 2016 relativa a un procedimiento en virtud del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y del artículo 53 del Acuerdo EEE. Es decir, el 6 de abril de 2017 publicó el resumen de la decisión en la que acordó sancionar al cártel de camiones. Aquí ya se explicaba el tipo de camiones afectados y las consecuencias. Por ello, como señala Ramiro Salamanca, CLO de reclamador .es, “realmente el próximo 6 de abril es cuando finaliza el plazo para presentar las reclamaciones”.

Ignacio Martin, responsable de desarrollo de negocio en reclamador.es afirma “Tengamos en cuenta que no estamos hablando de cantidades pequeñas. Un camión de esas marcas y ese tonelaje puede llegar a costar hasta 200.000€. El 25% de esa cifra son 50.000€, que el propietario pagó de más a causa de este cártel de camiones y que ahora podría recuperar. Ahora bien, un informe pericial fijará cuál es la indemnización que cada afectado puede reclamar”.

¿Quién puede reclamar?

Puede iniciar su reclamación cualquier autónomo o empresa que hubieran adquirido uno o varios camiones de más de seis toneladas entre el 17 de enero de 1997 y el 18 de enero 2011 de una de estas marcas:

  • Volvo-Renault
  • DAF
  • Daimler-Mercedes Benz
  • Iveco

Los propietarios de camiones MAN de más de seis toneladas también pueden reclamar, pero el plazo difiere: debieron comprar su vehículo entre el 17 de enero de 1997 y el 20 de septiembre de 2010.

Ramiro Salamanca recuerda que “se pueden reclamar todos los perjuicios económicos que causó este cártel de camiones. Pueden reclamar tanto los camiones adquiridos en propiedad, como aquellos que se adquirieron mediante leasing. Dado el plazo inminente para iniciar la reclamación previa a la vía judicial, desde reclamador.es recomendamos a los afectados, recopilar toda la documentación e iniciar cuanto antes tu reclamación. Igualmente, para proteger los derechos de los afectados, consideramos que es necesario contar con un informe pericial que argumente la reclamación”.

reclamador.es permite iniciar la reclamación a través de internet, sin adelantar dinero y con el perito, notario y procurador incluido. La compañía online de servicios legales, es la única que incluye estos requisitos y la única que sigue un modelo de éxito en el que solo cobra sus honorarios si gana la reclamación del afectado.




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