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  • El acusado ha reconocido los hechos, y la fiscalía y la defensa han alcanzado un acuerdo que ha hecho innecesaria la celebración del juicio

El acusado de guardar en su domicilio 62,42 gramos de éxtasis para su venta a consumidores ha aceptado una pena de tres años de prisión y 3.000 euros de multa como autor de un delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria tenía previsto celebrar hoy el juicio, pero al inicio del mismo la fiscalía y la defensa del acusado han llegado a un acuerdo que ha hecho innecesaria la celebración del juicio.

El tribunal dictará una sentencia de conformidad en los términos del acuerdo alcanzado, en el que se ha tenido en cuenta como circunstancia atenuante el consumo de sustancias estupefacientes por parte del acusado, lo que ha permitido a la fiscalía rebajar un año la pena solicitada.

Según el escrito de la fiscalía, suscrito por todas las partes, en diciembre del pasado año la policía acudió al domicilio del acusado, en Santander, para realizar una intervención por violencia de género.

En el lugar, los agentes encontraron 62,42 gramos de MDMA (éxtasis al 73,5 por ciento de pureza) “que el investigado poseía para su posterior venta” y que está valorada en 2.721 euros.

Igualmente, le fue incautada una balanza de precisión y una bolsa de plástico que el acusado cortaba a trozos para distribuir en partes la sustancia tóxica.

Por estos hechos, será condenado como autor de un delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño a una pena de tres años de prisión y 3.000 euros de multa, con responsabilidad subsidiaria de un día por cada 300 euros impagados.




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