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El Gobierno ha pactado con el colectivo de autónomos una subida en las cuotas a la Seguridad Social y nuevas medidas para reforzar sus prestaciones. Este acuerdo se implementó mediante la aprobación del Real Decreto- Ley, de 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo. Entró en vigor el 1 de enero de 2019, aumentando 11,7 euros al mes la cotización en la base mínima de la mayoría de estos trabajadores. Con esta nueva normativa no se equiparará las cotizaciones de los autónomos al régimen general que tras la subida de salario mínimo aumentarán su cotización.

Hasta ahora, los autónomos cotizan 932,7 euros, pero tras el cambio, se efectuará un aumento del tipo en un 1,25% que se aplica sobre la base, suponiendo 11,7 euros más todos los meses y que sitúa la base mínima general en 944,4 euros. No obstante, el trabajador por cuenta propia menor de 47 años podrá decidir su base de cotización entre la base mínima y máxima fijada en 2.077,8 euros por el Real Decreto, esto conllevará que la subida del tipo se aplicará en una cantidad mayor al igual que el recargo resultante será mayor también.

¿Cuáles son las mejoras para los autónomos este 2019?

Entre las medidas que ha pactado el Gobierno, se va a permitir que, tras la baja de maternidad, las madres autónomas, puedan pagar una tarifa plana de 60 euros los veinticuatro meses posteriores a dicha baja.

Además, la prestación de paro se duplicará, ya que antes estaba entre 2 y 12 meses, según la contribución que se había hecho, y ahora podrán durar desde los 4 meses hasta los 24. Debido a que las exigencias para cobrar el paro en estos casos resultan complejas, se va a crear una comisión extrajudicial que estará compuesta por las mutuas, las organizaciones y la Administración para que puedan resolver las denegaciones de la prestación.

Por último, la baja por enfermedad a partir del día 61 de la incapacidad temporal permitirá no abonar la cuota a la Seguridad Social.

El tipo de cotización para los autónomos se situará en el 30%, debido a que a partir de ahora será obligatorio cotizar por las contingencias profesionales y el cese de actividad. Los incrementos de tipos se harán de forma escalonada por años.

¿Qué cambios hay con respecto a los falsos autónomos?

Con respecto a los falsos autónomos se ha llevado a cabo modificaciones. Todas aquellas empresas que empleen de esta manera a los trabajadores serán multadas con hasta 10.000 euros. Al igual que será sancionado con una multa de entre 3.126 y 10.000 euros el trasvase de un empleado desde el régimen de asalariado al de autónomo sin que este justificado.

Con respecto a la cuota mínima de los autónomos societarios, hay que explicar que la base mínima se sitúa en 1.214,10 euros mensuales. 

Por último, el Gobierno se ha comprometido a crear en 2019 un sistema que cruce datos de la Tesorería de la Seguridad Social con los de la Agencia Tributaria para que los autónomos coticen según los ingresos reales.

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