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Te detallamos todas las ayudas que pymes y autónomos pueden solicitar durante la crisis económica derivada de la pandemia.

La pandemia ha golpeado fuerte a las pequeñas y medianas empresas. Los autónomos, que se caracterizan en España por ser una buena parte de la columna vertebral de nuestra economía, también se han visto sacudidos por la crisis sanitaria de la COVID-19. La actividad empresarial de muchos de ellos ha disminuido considerablemente, y eso se ha notado en sus cifras de negocio.

Se hace imprescindible reactivar y sostener la actividad de las pymes y autónomos, generadores de empleo y cuya ocupación es creadora de riqueza en nuestro país.

Pero ¿cuáles han sido las medidas o ayudas más importantes aprobadas por el Gobierno que afectan a este colectivo?

Después del primer paquete de ayudas, y tras su ampliación en julio a través del Real Decreto 24/2020, que vencía el pasado 30 de septiembre, el Gobierno ha aprobado la prórroga hasta el 31 de enero de 2021 y la ampliación de algunos de esos beneficios. Incluso se han incorporado algunas novedades, que aparecen recogidas en el recién aprobado Real Decreto Ley 30/2020 de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo.



Vamos a referenciar estas ayudas para autónomos cuyo objetivo es paliar los efectos del coronavirus:

1. Se prorroga la ayuda de prestación ordinaria por cese compatible con la actividad

Se llama así porque es necesario que para que el trabajador autónomo pueda seguir beneficiándose de esta ayuda ha de seguir trabajando y además debe cumplir los siguientes requisitos:

  •  
    Seguir de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, Régimen Especial de Trabajadores del Mar o como autónomo incluido en una cooperativa y continuar además pagando sus cuotas.
  •  
    Haber cotizado como mínimo 12 meses por el cese de actividad y no tener una tarifa plana.
  •  
    Demostrar que su facturación ha bajado como mínimo un 75% durante el tercer y cuarto trimestre del 2020, comparándolo con el mismo periodo del año anterior.
  •  
    Probar que sus rendimientos netos no alcanzan 1,75 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) durante el tercer y cuarto trimestre del 2020, o que estos no llegan a 1.939,58 euros.
  •  
    Si son autónomos que tienen trabajadores a su cargo, demostrar que cumplen con las obligaciones con sus trabajadores (esto lo tendrán que hacer a través de una declaración responsable).

La cuantía de esta prestación es del 70 % de la base reguladora y mientras se está percibiendo esta ayuda es necesario seguir pagando las cuotas. Lo que sucede es que, cuando te ingresan esta prestación se te abonará lo que has pagado por la cotización por contingencias comunes.

2. Se aprueba la ayuda de autónomos con bajos ingreso

Este beneficio lo podrán solicitar aquellos trabajadores por cuenta propia que no cumplen por ejemplo con las condiciones para beneficiarse de la prestación ordinaria de cese compatible con la actividad, siempre que demuestren que su facturación no alcanza el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) durante el último trimestre de 2020.

La cuantía de esta prestación es del 50% de la base mínima de cotización y mientras se está percibiendo el trabajador autónomo no tendrá que pagar las cuotas. Además, se entenderá como tiempo cotizado el periodo que esté cobrando dicha prestación.

3. Se prorroga la ayuda para autónomos de temporada o estacionales afectados por la COVID-19

Esta ayuda, que fue una novedad en verano y en principio estaba prevista hasta octubre de 2020, también se ha ampliado hasta el 31 de enero de 2021, flexibilizando los requisitos para cobrarla. Para ser beneficiario de esta prestación se deberá:

  •  
    Acreditar una cotización de 4 meses entre junio y diciembre de 2018 y 2019.
  •  
    No haber desarrollado actividad ni haber estado de alta o en situación asimilada al alta desde el 1 de marzo al 31 de mayo 2020.
  •  
    No haber percibido ninguna prestación de la Seguridad Social de enero a junio de 2020.
  •  
    No percibir unos ingresos que superen los 23.275 euros durante el 2020 (cifra que se corresponde a 1,75 veces el SMI).
  •  
    No ser trabajador por cuenta ajena con un contrato laboral en una empresa.
  •  
    Estar al corriente de pago de las cuotas de autónomos.

La cuantía de esta prestación es del 70% de la base mínima de cotización y mientras se percibe esta ayuda no es obligatorio seguir pagando las cuotas.

4. Se aprueba la prestación extraordinaria por suspensión de la actividad del autónomo:

Esta ayuda está prevista para aquellos trabajadores por cuenta propia que han tenido que suspender temporalmente su actividad como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas encargadas de la contención de la pandemia. Es decir, cuando a un autónomo se le obliga a bajar la persiana de su negocio por un tiempo determinado y debido a un confinamiento o un rebrote en la zona donde explota su actividad.

Para poder cobrar esta prestación hay que cumplir también unos requisitos consistentes en:

  •  
    Encontrarse afiliado y en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar y como mínimo 30 días antes de la fecha de la resolución.
  •  
    Estar al día del pago de las cuotas.

La cuantía de esta prestación es del 50% de la base mínima de cotización y si el autónomo es familia numerosa podrá incrementarse en un 20% más. Además, mientras se está percibiendo esta ayuda no será obligatorio seguir pagando las cuotas, pero si se considerará como tiempo cotizado el periodo por el que el trabajador por cuenta propia esté cobrando este beneficio.

A parte de las prestaciones mencionadas, que tienen efectos desde el 1 de octubre de 2020 y que deben solicitarse durante los primeros 15 días naturales de octubre, pues sino se empezarán a cobrar el primer día del mes siguiente a la presentación de la solicitud, debemos recordar que existen otros beneficios para los autónomos, cuyo objetivo es hacer frente a la difícil situación por el coronavirus.

Algunas de estas ayudas han sido:

5. Apoyo a la industrialización

Se agiliza la gestión de los créditos y ayudas a los proyectos industriales de investigación, desarrollo e innovación en el ámbito de la industria manufacturera en el año 2019.

También se ofrece un más rápido apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de REINDUS y se fija un procedimiento distinto para justificar la ejecución de fondos para aquellos proyectos que ya están en marcha.

Asimismo, se reconoce la posibilidad de refinanciar préstamos concedidos por la Secretaría General de Industria y PYME.

6. Apoyo a la internacionalización

ICEX, entidad estatal que promueve la internacionalización de las empresas españolas para que sean mucho más competitivas y atraigan las inversiones extranjeras a España, se está encargando de devolver las cantidades pagadas por las empresas que han tenido que cancelar eventos encaminados a la internalización. Además, se están dando otras ayudas adicionales por los gastos no recuperables que estas empresas han tenido que sufragar por las anulaciones de estos eventos internacionales.

7. Ayudas al turismo

Con el objetivo de asegurar la viabilidad y liquidez de las empresas turísticas, se ha suspendido durante un año y sin que exista penalización alguna el pago de intereses y amortizaciones correspondientes a los préstamos concedidos por la Secretaría de Estado de Turismo en el marco del Programa Emprendetur I+D+i, del Programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores y el Programa Emprendetur Internacionalización.

Se ha aprobado una línea de financiación para empresas y autónomos que se han visto afectados por los acuerdos de limitación de la circulación y, por lo tanto, perjudicados por una evidente bajada en la demanda de servicios turísticos, caída de reservas, etc.

Entre las medidas aprobadas están las de reforzar la línea de financiación para los afectados por la quiebra del grupo “Thomas Cook”, ampliándose también a todas las empresas y autónomos cuyos domicilios sociales se encuentren en España y pertenezcan a sectores como el turismo, el transporte y la restauración.

Además, se ha previsto la posibilidad de que las empresas puedan beneficiarse de reducciones de cuotas a la seguridad social, si prolongan la actividad y mantienen de alta a sus trabajadores con contratos fijos discontinuos.

Se prevé el llamado Plan de Choque Anfitriones COVID-19, que es un proyecto de la Secretaria de Estado de Turismo que pretende dar formación a los profesionales del sector turístico.

Asimismo, existen ayudas que están ofreciendo aquellas Comunidades Autónomas en las que la actividad turística es muy relevante como, por ejemplo, en las grandes ciudades o zonas costeras.

8. Moratoria de la deuda hipotecaria

Con el objetivo de proteger situaciones de vulnerabilidad económica, los autónomos, empresarios y profesionales que hayan cesado en su actividad o que les haya bajado la facturación en al menos un 40%, han tenido la posibilidad de suspender temporalmente su deuda hipotecaria, sí como otros créditos sin garantía hipotecaria, tanto para la adquisición de vivienda habitual como para la de un local en el que se hubiera tenido que desarrollar la actividad profesional.

Aunque la normativa ya no prevé una prórroga de esta moratoria legal, no hay que obviar la posibilidad de acceder a una moratoria sectorial con las entidades bancarias, pero con condiciones distintas.

9. Planes de pensiones

Lo que ha buscado esta medida es, sin duda, facilitar liquidez a los hogares españoles y también a los autónomos que han tenido que cesar su actividad, al haberse visto obligados a cerrar sus negocios o haber perdido un 75% de sus ingresos. En estos casos, se ha previsto la posibilidad de un rescate parcial de los planes de pensiones correspondiente al importe que se ha dejado de percibir durante el tiempo y vigencia del estado de alarma más un mes adicional y siempre con determinados límites.

10. Línea de avales del ICO

Se ha puesto en marcha varios tramos de línea de créditos avalados por el Estado, a través delInstituto de Crédito Oficial (ICO). El objetivo de esta ayuda ha sido intentar dar aliento a los autónomos, garantizando así la liquidez en sus negocios y facilitando el mantenimiento de empleo. Se podrá tener acceso a estos avales a través de sus propias entidades financieras y formalizando nuevas operaciones de financiación o renovación de las que ya existen.

11. Novedades en el Impuesto de Sociedades

Para aquellos que no hubiesen podido aprobar las cuentas anuales de su empresa, cuya presentación estaba prevista para finales del pasado julio, se aprobó una medida que pretendía no sólo apoyar la financiación de los autónomos, sino también garantizar una cierta seguridad jurídica de este colectivo.

Esta ayuda consistía en una doble declaración del Impuesto de Sociedades, que se podrá efectuar voluntariamente antes del 30 de noviembre de 2020.

También se ha contemplado una ampliación de 3 a 4 meses en la suspensión de intereses de los aplazamientos COVID-19, y una demora en 3 meses para que la Agencia Tributaria publique su listado de deudores, pasando a publicarse el 30 de septiembre en lugar del 30 de junio.

Asimismo, se ha dado cabida al aplazamiento del reembolso de préstamos concedidos por la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.

12. Mejora en el cobro de la baja por COVID-19

Se contempló una mejora en cuanto al cobro de la prestación de incapacidad temporal por la COVID-19, pues su tratamiento en este sentido es similar al de la baja por accidente de trabajo y esto se traduce en que el trabajador autónomo podrá cobrar el 75% de su base reguladora.

 
No obstante, y pese a las ayudas referidas con anterioridad habrá que estar siempre a la espera de la aprobación de posibles nuevas medidas o de que se extiendan las ya puestas en marcha y también prorrogadas con el fin de frenar, si cabe aún más, el impacto económico del coronavirus. Además, también resulta importante recordar que las Comunidades Autónomas, Ayuntamientos y Diputaciones podrían incluso ir ampliando un nuevo mapa de ayudas. Por lo tanto, habrá que esperar y estar muy pendientes de cualquier novedad que se pudiera dar en este sentido.
 



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