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Bruselas, 20 abr (EFE).- Las licencias para ocupar el dominio público marítimo en la UE, como las playas, no pueden renovarse automáticamente, sino que deben ser objeto de un procedimiento de selección imparcial y transparente, según una sentencia publicada hoy por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

de selección entre los candidatos potenciales cuando el número de autorizaciones disponibles para una determinada actividad esté limitado debido a la escasez de los recursos naturales".

La sentencia, que sienta jurisprudencia en el conjunto de la UE, se refiere a un caso relativo al Ayuntamiento de la localidad italiana de Ginosa, que en diciembre de 2020 prorrogó en su término municipal las concesiones de ocupación de dominio público, resolución contra la que advirtió la Autoridad de Defensa de la Competencia y del Mercado (AGCM).

El consistorio no se atuvo a su dictamen, la AGCM denunció el caso ante un tribunal regional de Apulia y este planteó varias cuestiones prejudiciales al TJUE.

La máxima instancia administrativa comunitaria declara en su sentencia difundida este jueves que la Directiva en cuestión es "suficientemente precisa" sobre la "obligación de los Estados miembros de aplicar un procedimiento de selección imparcial y transparente entre los posibles candidatos y la prohibición de renovar automáticamente una autorización concedida para una determinada actividad".

"Dado que dichas normas tienen efecto directo, los órganos jurisdiccionales nacionales y las autoridades administrativas, incluidas las municipales, tienen la obligación de aplicarlas, así como de excluir la aplicación de las normas del Derecho nacional no conformes con ellas", subraya la sentencia.




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