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La ley de Inteligencia Artificial (IA) de la Unión Europea establece un marco normativo para garantizar que la IA se desarrolle y utilice de manera segura, ética y conforme a los valores y derechos fundamentales de la UE. La ley aborda tanto los beneficios como los riesgos de la IA y busca promover la innovación tecnológica mientras protege los derechos de la ciudadanía.

Esta legislación establece una serie de obligaciones aplicables a todos los sistemas de IA, así como requisitos específicos dirigidos a los sistemas considerados de alto riesgo. Además, prohíbe prácticas de IA que puedan resultar perjudiciales.

En cuanto a las obligaciones para cualquier sistema de IA, nos encontramos con los requisitos de transparencia y documentación, los proveedores de estos sistemas deben cumplir con estándares específicos que garantizan la transparencia en el funcionamiento del sistema de IA. Esto implica la necesidad de ofrecer información detallada y comprensible sobre sus objetivos, capacidades, limitaciones y posibles impactos.

Además, se les exige mantener una documentación técnica exhaustiva que no solo asegure el cumplimiento de los requisitos legales, sino que también facilite la evaluación por parte de las autoridades competentes. Es decir, se busca una total claridad y trazabilidad en el funcionamiento y desarrollo de estos sistemas.

Estos requisitos de transparencia y documentación se concretan en el Anexo IV de la ley de IA de la UE.

El Anexo IV establece que la documentación técnica de los sistemas de IA debe incluir información detallada sobre el tratamiento de datos, las metodologías y técnicas de entrenamiento, así como los conjuntos de datos utilizados, incluyendo su procedencia y los procedimientos de etiquetado. Estos requisitos tienen como objetivo garantizar la transparencia y la rendición de cuentas en el desarrollo y uso de la IA, proporcionando a las autoridades competentes y a los usuarios finales la información necesaria para evaluar el funcionamiento y los posibles riesgos de los sistemas de IA.

Al requerir que los proveedores de sistemas de IA documenten y divulguen información sobre el tratamiento de datos y los métodos de entrenamiento utilizados, la ley busca promover una mayor transparencia y comprensión sobre cómo se desarrollan y entrenan estos sistemas. Esto permite identificar posibles sesgos o discriminación en los conjuntos de datos utilizados, así como evaluar la fiabilidad y la seguridad de los sistemas de IA en su conjunto.

Siguiendo con las responsabilidades de los proveedores y usuarios de sistemas de IA, encontramos un conjunto de obligaciones que requieren seguimiento, informes y cooperación con las autoridades competentes.

En primer lugar, los proveedores tienen la responsabilidad de implementar sistemas de seguimiento que les permitan monitorear el rendimiento y los posibles impactos de sus sistemas de IA. Esto implica la creación de mecanismos internos que les permitan identificar cualquier incidente o incumplimiento relevante. Además, están obligados a informar a las autoridades sobre cualquier irregularidad y a cooperar plenamente en las investigaciones y evaluaciones llevadas a cabo por estas autoridades.

Por otro lado, los usuarios también tienen un papel crucial. Se les exige utilizar los sistemas de IA de manera responsable, lo que implica comprender sus limitaciones y potenciales riesgos. Además, deben colaborar estrechamente tanto con los proveedores como con las autoridades para garantizar el correcto funcionamiento y cumplimiento de los requisitos legales de estos sistemas. Es decir, se busca una colaboración activa entre todos los actores involucrados para asegurar un entorno seguro y ético en el uso de la IA.

En el caso específico de los sistemas de IA identificados como de alto riesgo, se requiere una atención especial debido a su potencial impacto en áreas críticas de la vida pública y privada. Estos sistemas abarcan una amplia gama de aplicaciones, y son los siguientes:

●     Identificación biométrica y categorización de personas físicas.

●     Gestión y funcionamiento de infraestructuras esenciales.

●     Educación y formación profesional.

●     Empleo, gestión de los trabajadores y acceso al autoempleo.

●     Acceso y disfrute de servicios públicos y privados esenciales y sus beneficios.

●     Asuntos relacionados con la aplicación de la ley.

●     Gestión de la migración, el asilo y el control fronterizo.

●     Administración de justicia y procesos democráticos.

Para garantizar un manejo adecuado de los riesgos asociados con estos sistemas, se establece la obligación de implementar un sistema de gestión de riesgos. Este sistema debe ser un proceso iterativo que abarque todo el ciclo de vida del sistema de IA e incluye las siguientes etapas:

●     Identificación de riesgos: Los proveedores de sistemas de IA de alto riesgo tienen la responsabilidad de identificar y evaluar los posibles riesgos asociados con sus productos. Esto implica analizar detenidamente los posibles impactos adversos en derechos fundamentales, salud, seguridad o bienestar de las personas, y determinar las medidas necesarias para mitigar estos riesgos.

●     Evaluación continua: La gestión del riesgo debe ser un proceso continuo que se lleva a cabo durante todo el ciclo de vida del sistema de IA. Los proveedores deben monitorear y evaluar regularmente los riesgos asociados con sus productos, incluso después de que estén en funcionamiento en el mercado. Esta evaluación continua permite detectar y abordar cualquier riesgo emergente o cambio en las circunstancias operativas.

●     Adopción de medidas de gestión: Con base en la identificación y evaluación de riesgos, los proveedores deben adoptar medidas de gestión para mitigar los riesgos identificados. Estas medidas pueden incluir la implementación de salvaguardias técnicas, el desarrollo de políticas y procedimientos internos, la capacitación del personal y otras acciones destinadas a reducir los riesgos asociados con el sistema de IA. Es fundamental que estas medidas se ajusten dinámicamente a medida que evolucionen los riesgos y las circunstancias operativas del sistema de IA.

Dentro del marco regulatorio establecido por la ley de IA de la UE, se prohíben ciertas prácticas de IA que puedan infringir derechos fundamentales o causar daño a los usuarios. Estas prohibiciones tienen como objetivo proteger la integridad y seguridad de las personas frente a posibles abusos o malas prácticas tecnológicas. Algunas de las prácticas perjudiciales específicas que están prohibidas incluyen:

●     Manipulación social: Se prohíbe el uso de sistemas de IA con el propósito de manipular o influir de manera indebida en el comportamiento, decisiones o percepciones de las personas. Esto incluye el uso de algoritmos para difundir desinformación, manipular opiniones públicas o alterar procesos democráticos.

●     Uso de sistemas de identificación biométrica remota en espacios públicos para aplicación de la ley: La ley establece restricciones sobre el uso de sistemas de identificación biométrica remota en entornos públicos con fines de aplicación de la ley. Esto se debe a las preocupaciones relacionadas con la privacidad y la vigilancia masiva, así como el riesgo de discriminación y abuso de poder.

Además de estas prácticas específicas, la ley también puede incluir disposiciones generales que prohíban otras formas de uso indebido o abusivo de la IA que puedan surgir en el futuro. Estas prohibiciones tienen como objetivo garantizar que el desarrollo y uso de la IA se realice de manera ética y responsable, en línea con los valores y derechos fundamentales de la Unión Europea.

La implementación de la ley de IA de la UE representa un avance importante en la regulación de la inteligencia artificial a nivel mundial. Al establecer normas claras y precisas, la legislación busca equilibrar la promoción de la innovación tecnológica con la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos.

En este sentido, la ley sienta las bases para futuras discusiones y refinamientos que aseguren un uso seguro, ético y responsable de la inteligencia artificial en la sociedad europea y global.




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